Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 2 de Agosto de 2022, expediente CAF 073884/2018/1/CA003

Fecha de Resolución 2 de Agosto de 2022
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA III

73884/2018 Incidente Nº 1 - ACTOR: LARING SAN LUIS SA

DEMANDADO: GCBA-AGIP s/INC APELACION

Buenos Aires, 2 de agosto de 2022.- SH

Y VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por la parte actora el 20/04/2022, 16:53hs., contra la resolución del 12/04/2022, fundado por el memorial del 6/05/2022, cuyo traslado fue replicado por la parte demandada el 16/05/2022, 22:33hs; y,

CONSIDERANDO:

  1. Que, por la resolución del 12 de abril de 2022,

    el señor juez de primera instancia, rechazó la solicitud formulada por la firma LARING SAN LUIS SA a fin de que se intime al Fisco local a que se abstenga de realizar cualquier acto o medida tendiente a instar el expediente administrativo nro. 1.378.356/ MGEYA/2012 y se la intime a anular la resolución 2020-GCABADGR/2021, bajo apercibimiento de aplicar sanciones conminatorias y pecuniarias -tanto a Administración Gubernamental como a los funcionarios que suscriban-, conforme lo prescribe el artículo 37 del CPCCN.

    Para así decidir, el magistrado de grado consideró

    que el solo dictado y notificación de la resolución 2020/GCABADGR/2021 no conforma un incumplimiento a la medida cautelar dictada en autos.

  2. Que disconforme con lo así resuelto, en el memorial la parte actora plantea que está ante un daño inminente sobre su patrimonio y que el alcance de la medida cautelar dictada en primera instancia, que ha sido confirmada en la alzada, implica que la AGIP se encuentra completamente impedida de hacer y/o avanzar con acción alguna respecto de la pretensión tributaria.

    Refiere que en el expediente administrativo en el tramita el procedimiento determinativo de oficio, la AGIP ha resuelto rechazar un recurso de reconsideración, frente a lo cual debió interponer recurso jerárquico a efectos que el ajuste fiscal no quede firme y no pueda ser ejecutado. Al respecto, manifiesta que “lejos está el expediente administrativo de una etapa de fiscalización que no genera perjuicio a mi Fecha de firma: 02/08/2022

    Alta en sistema: 03/08/2022

    Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: S.H.S.J., SECRETARIA DE CAMARA

    parte, sino que está en la etapa final de un procedimiento administrativo que, de ser rechazado el último remedio procedimental, resultará firme el ajuste fiscal, pudiendo ser emitida la boleta de duda para su consecuente ejecución fiscal por la vía del juicio de apremio”.

    Alega que en virtud de esta circunstancia...

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