Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 8 de Julio de 2022, expediente FSA 000054/2021/1/CA002

Fecha de Resolución 8 de Julio de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA PREVISIONAL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I

Incidente Nº 1 - ACTOR: MAMANI, ALBA

ROSA DEMANDADO: ANSES s/INCIDENTE”

Expte. N° 54/2021 (Juzgado Federal N° 1 de Salta)

ta, de julio de 2022.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

  1. Que con fecha 29/4/21 el juez de grado hizo lugar a la medida cautelar innovativa solicitada por la Sra. A.R.M. y, en consecuencia, ordenó al organismo previsional restablecer la liquidación y puesta al pago del beneficio 15-0-60565590-0 que venía percibiendo, en el plazo de 5 días de notificada y bajo apercibimiento de aplicar $1000 en concepto de astreintes por cada día de demora.

  2. Que el apoderado de ANSeS se agravia de dicha resolución por entender que se dispuso la cautelar sin declarar la inconstitucionalidad del tercer párrafo del art. 14 de la ley 25.453. Sin perjuicio de ello, afirma que adolece de graves vicios de forma y contenido evidenciados en la falta de motivación y fundamentos. Asimismo, arguye que en tanto “el objeto del juicio es obtener un reajuste del haber jubilatorio, este no puede ser otorgado por una medida cautelar inserta en el mismo proceso”. Considera que no se encuentra acreditada la verosimilitud del derecho que invoca la parte actora al no existir certeza jurídica sobre su pretensión. Hizo reserva del caso federal.

  3. Que la actora, de 62 años de edad, denuncia que en el año 2013 sufrió un accidente laboral in itinere que le produjo una incapacidad Fecha de firma: 08/07/2022

    Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.S.E., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.V.C.O., SECRETARIA DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I

    permanente para trabajar, por lo que solicitó ante la demandada la jubilación por invalidez que le fue otorgada transitoriamente el 28/4/14.

    De las constancias de la causa surge que con fecha 11/7/17 el jefe de la ANSes UDAI Salta Sur efectuó la transformación de dicho beneficio en retiro definitivo, con fundamento en que la comisión médica jurisdiccional 23 el 23/5/17 le reconoció un 70% de invalidez en razón de presentar “síndrome cerebral orgánico grado III severo”.

    Surge, así también, que con fecha 6/1/21 la mencionada comisión, luego de citar a la accionante para efectuarle un nuevo estudio, le reconoció un 26,05% de incapacidad por “personalidad anormal constitucional psicopática con tendencia a manipulación grado II psiquismo mas disminución de la agudeza visual”; dictamen que fue apelado ante...

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