Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA CIVIL I, 13 de Junio de 2022, expediente FCB 010761/2021/1/CA001
Número de expediente | FCB 010761/2021/1/CA001 |
Fecha | 13 Junio 2022 |
Número de registro | 07689 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA – SALA B
AUTOS: “INC DE MEDIDA CAUTELAR EN AUTOS: V, V Y OTRO c/
ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL JERARQUICOS DE
BANCOS OFICIALES NACIONALES s/ AMPARO LEY 16.986”
En la Ciudad de Córdoba a 13 días del mes de junio del año dos mil veintidós, reunida en Acuerdo la Sala “B” de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción Judicial para dictar sentencia en estos autos caratulados:
INC DE MEDIDA CAUTELAR EN AUTOS: V, V Y OTRO c/
ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL JERARQUICOS DE BANCOS
OFICIALES NACIONALES s/ AMPARO LEY 16.986
(Expte. N° FCB
10761/2021/1/CA1), venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido por la apoderada de la ASOCIACION
MUTUAL DEL PERSONAL JERARQUICO DE BANCOS OFICIALES
NACIONALES JERARQUICOS SALUD, doctora A.P.C., en contra de la resolución de fecha 15 de diciembre de 2021 dictada por el señor Juez Federal de Río Cuarto, que en su parte pertinente dispuso: “…
II. Acoger en forma favorable la medida cautelar solicitada, y ordenar a la accionada, que arbitre los medios para proveer de manera inmediata con cobertura integral (100%), oportuna y tempestiva a la niña F. F. V.
(DNI…) de : Equipo de ventilación artificial (Res Med Astral 150) y demás insumos y medicamentos que le fueron indicados por la Dra. M.I.B. especialista en Pediatría y Terapia Intensiva Pediátrica en razón de la enfermedad que padece y denegados por la demandada…
.
C.A.O. – JUEZ FEDERAL.
Puestos los autos a resolución de la Sala los señores Jueces emiten sus votos en el siguiente orden: LILIANA
NAVARRO – ABEL G. SANCHEZ TORRES.
La señora Jueza de Cámara, doctora L.N., dijo:
-
Se agravia por cuanto considera que la precautoria coincide con la pretensión de fondo de la parte actora, incurrir Fecha de firma: 13/06/2022
Firmado por: A.G.S. TORRES, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: L.N., PRESIDENTA DE SALA
Firmado por: M.H.V., SECRETARIO DE CÁMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA – SALA B
AUTOS: “INC DE MEDIDA CAUTELAR EN AUTOS: V, V Y OTRO c/
ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL JERARQUICOS DE
BANCOS OFICIALES NACIONALES s/ AMPARO LEY 16.986”
en un adelanto de sentencia de mérito, al pronunciarse anticipadamente sobre el fondo del asunto. Se queja por cuanto entiende que la tutela concedida resulta arbitraria, toda vez que no reúne los requisitos de procedencia que habiliten su dictado. Se agravia por la falta de tratamiento del peligro en la demora. Expresa que su mandante, ofreció todas las prestaciones e insumos que fueran requeridos oportunamente. Invoca jurisprudencia en su favor. Hace reserva del Caso Federal.
Corrido el traslado de ley, el mismo es evacuado por la actora y el Defensor Público Oficial, doctor J.R.P., solicitando por los fundamentos que allí exponen y a los que corresponde remitirnos en honor a la brevedad, la confirmación del decisorio impugnado, con costas.
Arribados y radicados los autos a esta Sala “B” del Tribunal, se confiere vista al Ministerio Público Fiscal quien manifiesta que nada tiene que observar respecto al debido proceso legal que se viene cumpliendo en estos actuados, quedando de esta manera la causa en condiciones de ser resuelta a través del dictado del decreto de autos.
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A fin de resolver la cuestión sometida a debate, resulta conveniente realizar una breve síntesis de la causa.
Así cabe destacar que con fecha 14 de diciembre de 2021 comparece la señora V.,
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en representación de su hija,
V., F. F con el patrocinio letrado del doctor G.N.G. e inicia la presente acción de amparo con medida cautelar en contra de Asociación Mutual del Personal Jerárquico de Bancos Oficiales Nacionales con el objeto que la demandada proceda a brindar a la menor la cobertura Fecha de firma: 13/06/2022
Firmado por: A.G.S. TORRES, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: L.N., PRESIDENTA DE SALA
Firmado por: M.H.V., SECRETARIO DE CÁMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA – SALA B
AUTOS: “INC DE MEDIDA CAUTELAR EN AUTOS: V, V Y OTRO c/
ASOCIACION MUTUAL DEL PERSONAL JERARQUICOS DE
BANCOS OFICIALES NACIONALES s/ AMPARO LEY 16.986”
íntegra e inmediata de un e quipo de ventilación artificial (Res Med Astral 150) y de t odos los tratamientos, prácticas, insumos y medicamentos que le sean indicados a la niña en razón de la discapacidad que presenta, conforme a la legislación vigente (Ley Nro. 22.431 y 24.901). Relata los antecedentes de su caso. Cita doctrina y jurisprudencia a la vez que invoca Tratados Internacionales en aval de su petición. Ofrece prueba. Formula la reserva del Caso Federal.
Con fecha 15 de diciembre de 2021, el Juez de primera instancia tiene por iniciada la acción de amparo y hace lugar a la medida cautelar requerida por...
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