Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 5 de Noviembre de 2019, expediente CAF 047201/2016/1/CA002

Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 47201/2016 Incidente Nº 1 - ACTOR: FRANCO, L.D. DEMANDADO: MINISTERIO SEGURIDAD s/INC EJECUCION DE S.J.. 7 Buenos Aires, de de 2019.- HG Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que la demandada apela el auto de fs. 283, por el que el juez de primera instancia la intimó a que “proceda a dar entero cumplimiento con lo dispuesto a fs. 276, bajo apercibimiento de lo que hubiere lugar por derecho” (conf. fs. 284, fs. 286/287 y contestación de fs.

    289/290).

    Vale mencionar aquí que en el auto al que se refirió el magistrado se intimó a la recurrente para que “proceda a regularizar el haber de los actores aplicando las actualizaciones previstas en las resoluciones 546/18 y 2014/18”.

  2. Que en su memorial, el Estado Nacional-

    Prefectura Naval Argentina dijo que:

    i) el juez hizo caso omiso de los argumentos brindados a fs. 279/280; ii) las liquidaciones practicadas por la Dirección de Administración Financiera se ajustan al lineamiento impartido por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad, en sus puntos 2, incisos a, b, c y punto 4, inc. a del memorando ME 2018-

    47215729-APN-DGAJ MSG; iii) en ese memorando se le otorgó

    naturaleza general a los suplementos de menor valor previstos por el decreto 1307/12 que en principio corresponderían en función del grado de revista los que serán computados como remunerativos y bonificables tal como fue ordenado en la sentencia.

  3. Que así planteada la cuestión, y aún con el amplio criterio que pregona esta sala a la hora de examinar las expresiones de agravios (causas “Escobar”, “Suazo”, “E.N.- C.N.R.T. disp. 7964 y Fecha de firma: 05/11/2019 Alta en sistema: 07/11/2019 Firmado por: DRA. DO PICO - DRA. HEILAND - DR. FACIO, JUECES DE CAMARA #31424991#246184248#20191023093452729 otra”, “Ferla” y “G., pronunciamientos del 20 de marzo de 2012, y del 19 de febrero, 12 de marzo, 27 de agosto y 31 de octubre de 2013, respectivamente, entre otras), se advierte que el recurso examinado no reúne los...

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