Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 4 de Septiembre de 2018, expediente CCF 000214/2018/1/CA001

Fecha de Resolución 4 de Septiembre de 2018
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa n° 214/2018/1/CA1 “R.M.F. c/OSDE s/sumarísimo de salud s/incidente de apelación”. Juzgado 5. Secretaría 9.

Buenos Aires, 4 de septiembre de 2018.

VISTO: el recurso de apelación interpuesto por OSDE a fs. 46 –fundado a fs. 52/56 vta.- (concedido en relación y con efecto devolutivo a fs. 48), contra la resolución de fs. 36/37 cuyo traslado no fue contestado por la actora, y CONSIDERANDO:

  1. El Sr. Juez de primera instancia admitió la medida cautelar solicitada y ordenó a Organización de Servicio Directos Empresarios que otorgue a la Sra. M.F.R. la cobertura del 100% del medicamento “CREON”, producido en Estado Unidos por Abbott Laboratories, en virtud de la patología que padece, conforme lo prescripto por su médico tratante y hasta que se resuelva la cuestión de fondo.

    Contra esa decisión se alza OSDE quien -sustancialmente- alega que no está obligada a otorgar la cobertura del medicamento requerido porque no está incluido en el PMO y que -además- dicho fármaco puede ser reemplazado por uno que se elabora en Argentina.

  2. En el sublite ha quedado acreditado que la Sra. M.F.R.

    de 44 años de edad, es afiliada a la demandada (cfr. fs. 5), padece “Esteatorrea pancreática-Seudoquiste del páncreas-otras pancreatitis crónicas-diabetes mellitus no insulinodependiente”, por lo que le fue otorgado certificado de discapacidad (cfr. fs. 10) y su médico tratante le prescribió un tratamiento con la medicación “CREON” (cfr.

    certificados médicos de fs. 8/9 y fs. 14/15), cuyo alto costo no puede asumir y que la demandada se niega a cubrir (ver reclamo extrajudicial fs. 12)

    Fecha de firma: 04/09/2018 Alta en sistema: 07/09/2018 Firmado por: G.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA #31429099#214679316#20180905082659516 La cuestión a dilucidar, que se halla controvertida es si corresponde que OSDE le brinde a la actora la cobertura del medicamento requerido en base a su enfermedad y, en su caso, con qué porcentaje de cobertura.

    Sentado lo expuesto, cabe recordar que la verosimilitud del derecho, como requisito esencial para la procedencia de la medida cautelar, refiere a la posibilidad de que el derecho exista y no a una incontestable realidad, la cual sólo se logrará al agotarse el trámite (Corte Suprema Fallos: 306:2060; esta S., causa 10.578/05 del 09.12.2005 y sus citas).

    En el presente caso resulta aplicable la ley 26.682 (modif.

    por decreto 1991/11) que establece en...

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