Sentencia de Sala A, 8 de Mayo de 2013, expediente 64.139

Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2013
EmisorSala A

"INCIDENTE DE EXCEPCIÓN DE FALTA DE ACCIÓN".

IMPUTADO: AGREST S.A. SOBRE INFRACCIÓN LEY 24.769.

Causa N° 64.139 - Folio N° 258 - Orden N° 28.417. Juzgado en lo Penal Tributario N° 3. Sala "A".

gs Illnos Aires

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por el defensor de R.A.A., H.L.A. y G.S.A. contra la resolución que rechazó el planteo de nulidad efectuado, no hizo lugar a la excepción de falta de acción interpuesta y le impuso costas.

Lo informado por el apelante en sustento del recurso.

Y CONSIDERANDO:

.J Que, en lo que concierne al planteo de nulidad efectuado, la ley

-

o establece que únicamente cabe anular actos procesales que se encuentren en -.

u transgresión de disposiciones expresamente prescriptas bajo pena de nulidad o (artículo 166 del Código Procesal Penal de la Nación) y el incidentista no o en señaló en su requerimiento de anulación ninguna disposición en ese sentido.

::)

Que, en cuanto al rechazo de la excepción interpuesta, lo resuelto se funda en lo comprobado por medio del informe glosado a fs. 80/1 O 1 cuya autenticidad no ha sido puesta en cuestión.

Que, por otra parte, en tanto no surge la existencia de las razones de excepción que autorizan a eximir de costas a la parte vencida, en los términos del artículo 531 del Código Procesal Penal de la Nación, lo ordenado por el a qua se ajusta a derecho.

Por lo que SE

RESUELVE:

CONFIRMAR la resolución...

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