Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 22 de Junio de 2011, expediente 61.548

Fecha de Resolución22 de Junio de 2011

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INCIDENTE DE ENTREGA DE EFECTOS PROMOVIDO A FAVOR DE O.R. FaNS EN

CAUSA N° 528/08 W INTERNO 1069 "B.H. y OTROS S/INF. LEY 24.769" J.N.P.T. N°

] SALA "B" N° 6] .548 FO 42 ORDEN W 23.862.

Buenos Aires, de junio de 2011.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto a fs. 33/34 por la defensa de O.R.F. contra la resolución de fs. 28/30, por la cual el juzgado "a quo" no hizo lugar a la restitución de efectos solicitada por la defensa de aquél.

El memorial de fs. 51/54, por el cual la defensa de O.R.F. informó en los términos previstos por el art. 454 del e.p.p.N.

El memorial de fs. 55/59, por el cual la representante de la querella informó en los términos previstos por el art. 454 del e.p.p.N .

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y CONSIDERANDO:

o o 1°) Que, por el escrito de fs. 10/11 via., la defensa de O.C.)

:J R.F. solicitó la entrega, en carácter. de depositario judicial, de los protocolos originales que fueron secuestrados de la escribanía del nombrado.

  1. ) Que, por la resolución de fs. 28/30, el juzgado "a quo"

    dispuso no hacer lugar a la restitución de los efectos en cuestión por considerar: " ... Que la documentación cuya restitución se pretende resulta ser un medio indispensable para cumplir -en forma eficaz y eficiente- las finalidades de la presente pesquisa (art. 193 del C.P.P.N.). Proceder a su devolución redundaría no sólo en una contrariedad con los .fines oportunamente previstos para el libramiento de la orden de allanamiento y registro, sino también en detrimento de la investigación que se lleva a cabo en los autos principales ... " y " ...lo expuesto no es óbice para que los funcionarios del Colegio de Escribanos de la provincia de Buenos Aires compulsen la documentación solicitada en los estrados de este tribunal, o bien en las dependencias de la Administración Fed~ral de Ingresos Públicos donde aquella se encuentra reservada ... ".

  2. ) Que, de las constancias de la causa principal surge que el allanamiento en el cual se habrían secuestrado los libros en cuestión, tuvo lugar el 24 de octubre de 2008.

  3. ) Que, por el arto 238 del C.P.P.N. se dispone: "Los objetos secuestrados que no estén sometidos a la confiscación, restitución o embargo serán devueltos tan pronto como no sean necesarios, a la persona de cuyo po·d er se sacaron ...."

    Por aquella disposición legal se establece que la facultad de devolución de los objetos...

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