Sentencia de CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES, 6 de Mayo de 2022, expediente FCT 002822/2021/CA001
Fecha de Resolución | 6 de Mayo de 2022 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES
FCT 2822/2021/CA1
Corrientes, seis de mayo de 2022.
Visto: los autos caratulados “V., S.R. y Otro s/
Infracción ley 23.737”, E.. N° FCT 2822/2021/CA1 del registro de esta
Cámara, proveniente del Juzgado Federal Nº2, Corrientes.
Y Considerando:
-
Que, ingresan las presentes actuaciones a esta Alzada, en virtud del
recurso de apelación interpuesto por la defensa que representa a los imputados
H.L.M. y S.R.V., contra la resolución
de fecha 11 de noviembre de 2021, mediante la cual, el juez a quo dictó auto
de procesamiento con prisión preventiva en su contra, por el delito de
comercialización de estupefacientes (art. 5 inc. “c” Ley 23.737), y trabó
embargo sobre sus bienes por la suma de cien mil pesos ($100.000).
Para así decidir, tuvo en consideración que las presentes actuaciones
tuvieron origen por motivo de las tareas investigativas iniciadas el 13 de
octubre de 2021, por Nota Nº 345/21, con el fin de verificar información
recibida por la Policía de Corrientes, de que en un domicilio ubicado en calle
Río Limay al 3600, a inmediaciones de la intersección de calle I. de la
ciudad de Corrientes, se estaría comercializando estupefaciente (cocaína y
marihuana) fraccionado, por una persona conocida como “S. la Rubia”.
Que, por ampliaciones de dichas tareas – Nota Nº351/21 –, se observó
que distintas personas se acercaban al domicilio y realizaban gesticulaciones
de intercambio o pasamanos de lo que presumiblemente sería droga,
retirándose luego, lo cual consta en el DVD con video filmaciones, y tomas
fotográficas elevados por la prevención el 26 de octubre de 2021.
En razón de ello, el 28 de noviembre del mismo año, libró orden de
allanamiento del domicilio mencionado, la cual fue ejecutada el día 29 del
mismo mes y año.
En el marco de dicho procedimiento, cuando la prevención intentó
ingresar hasta la puerta principal del inmueble, una persona que luego fue
Fecha de firma: 06/05/2022
Firmado por: R.L.G., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.G.S., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: SELVA A.S., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: N.A.M., SECRETARIA DE CAMARA
identificada como H.M., buscó obstruir el acceso del personal
policial, a quien se le dió la voz de “Policía esto es un allanamiento”, siendo
reducido inmediatamente. En el mismo ambiente de la vivienda –living se
encontraba la Sra. S.R.V., y ambos daban el indicio de que
estarían fraccionando sustancia blanca en polvo sobre un plato de loza, con
una tarjeta de “Carrefour”. El estupefaciente fue resguardado en una bolsa
plástica y a su vez, sobre la mesa se observaron tres bolsas plásticas que
contenían recortes, se halló un recipiente plástico, dos tijeras, un celular, un
envoltorio de mayor dimensión con sustancia en polvo blanca, y la suma de
pesos novecientos cincuenta ($950).
Asimismo, sobre una mesa que se encontraba detrás de una puerta, se
encontró un recipiente con envoltorios que contenían sustancia de idénticas
características a las antes mencionadas, al igual que los hallados dentro de
cinco medias, junto a la suma de pesos quinientos noventa ($590), siendo un
total de 337 envoltorios secuestrados.
En la habitación de los imputados, la prevención encontró dos
celulares, una mochila con pesos veinticuatro mil doscientos ($24.200), una
radio base marca “Vertex Estándar”. En otro dormitorio, secuestraron un
celular, mientras que del registro de la cocinacomedor, se halló un recipiente
de vidrio con sustancia blanca (bicarbonato).
Por otra parte, realizaron una inspección de la vivienda, con ayuda del
Can detector de narcóticos, quien realizó conducta de identificación de
estupefacientes, en un depósito ubicado al final del garaje, donde se halló una
bolsa que contenía sustancia en polvo blanca y una balanza marca
Pocketscale
. Finalmente, el resultado del test y pesaje practicado a la
sustancia secuestrada arrojó un total de 347 gr. de cocaína.
-
Contra dicha decisión, la defensa interpuso recurso de apelación,
sobre la base de los siguientes agravios.
Fecha de firma: 06/05/2022
Firmado por: R.L.G., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.G.S., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: SELVA A.S., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: N.A.M., SECRETARIA DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES
FCT 2822/2021/CA1
En primer lugar, alegó que la resolución es nula por falta evacuación
de citas conforme...
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