Sentencia de CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES, 6 de Mayo de 2022, expediente FCT 002822/2021/CA001

Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORRIENTES

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES

FCT 2822/2021/CA1

Corrientes, seis de mayo de 2022.

Visto: los autos caratulados “V., S.R. y Otro s/

Infracción ley 23.737”, E.. N° FCT 2822/2021/CA1 del registro de esta

Cámara, proveniente del Juzgado Federal Nº2, Corrientes.

Y Considerando:

  1. Que, ingresan las presentes actuaciones a esta Alzada, en virtud del

    recurso de apelación interpuesto por la defensa que representa a los imputados

    H.L.M. y S.R.V., contra la resolución

    de fecha 11 de noviembre de 2021, mediante la cual, el juez a quo dictó auto

    de procesamiento con prisión preventiva en su contra, por el delito de

    comercialización de estupefacientes (art. 5 inc. “c” Ley 23.737), y trabó

    embargo sobre sus bienes por la suma de cien mil pesos ($100.000).

    Para así decidir, tuvo en consideración que las presentes actuaciones

    tuvieron origen por motivo de las tareas investigativas iniciadas el 13 de

    octubre de 2021, por Nota Nº 345/21, con el fin de verificar información

    recibida por la Policía de Corrientes, de que en un domicilio ubicado en calle

    Río Limay al 3600, a inmediaciones de la intersección de calle I. de la

    ciudad de Corrientes, se estaría comercializando estupefaciente (cocaína y

    marihuana) fraccionado, por una persona conocida como “S. la Rubia”.

    Que, por ampliaciones de dichas tareas – Nota Nº351/21 –, se observó

    que distintas personas se acercaban al domicilio y realizaban gesticulaciones

    de intercambio o pasamanos de lo que presumiblemente sería droga,

    retirándose luego, lo cual consta en el DVD con video filmaciones, y tomas

    fotográficas elevados por la prevención el 26 de octubre de 2021.

    En razón de ello, el 28 de noviembre del mismo año, libró orden de

    allanamiento del domicilio mencionado, la cual fue ejecutada el día 29 del

    mismo mes y año.

    En el marco de dicho procedimiento, cuando la prevención intentó

    ingresar hasta la puerta principal del inmueble, una persona que luego fue

    Fecha de firma: 06/05/2022

    Firmado por: R.L.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.G.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: SELVA A.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: N.A.M., SECRETARIA DE CAMARA

    identificada como H.M., buscó obstruir el acceso del personal

    policial, a quien se le dió la voz de “Policía esto es un allanamiento”, siendo

    reducido inmediatamente. En el mismo ambiente de la vivienda –living se

    encontraba la Sra. S.R.V., y ambos daban el indicio de que

    estarían fraccionando sustancia blanca en polvo sobre un plato de loza, con

    una tarjeta de “Carrefour”. El estupefaciente fue resguardado en una bolsa

    plástica y a su vez, sobre la mesa se observaron tres bolsas plásticas que

    contenían recortes, se halló un recipiente plástico, dos tijeras, un celular, un

    envoltorio de mayor dimensión con sustancia en polvo blanca, y la suma de

    pesos novecientos cincuenta ($950).

    Asimismo, sobre una mesa que se encontraba detrás de una puerta, se

    encontró un recipiente con envoltorios que contenían sustancia de idénticas

    características a las antes mencionadas, al igual que los hallados dentro de

    cinco medias, junto a la suma de pesos quinientos noventa ($590), siendo un

    total de 337 envoltorios secuestrados.

    En la habitación de los imputados, la prevención encontró dos

    celulares, una mochila con pesos veinticuatro mil doscientos ($24.200), una

    radio base marca “Vertex Estándar”. En otro dormitorio, secuestraron un

    celular, mientras que del registro de la cocinacomedor, se halló un recipiente

    de vidrio con sustancia blanca (bicarbonato).

    Por otra parte, realizaron una inspección de la vivienda, con ayuda del

    Can detector de narcóticos, quien realizó conducta de identificación de

    estupefacientes, en un depósito ubicado al final del garaje, donde se halló una

    bolsa que contenía sustancia en polvo blanca y una balanza marca

    Pocketscale

    . Finalmente, el resultado del test y pesaje practicado a la

    sustancia secuestrada arrojó un total de 347 gr. de cocaína.

  2. Contra dicha decisión, la defensa interpuso recurso de apelación,

    sobre la base de los siguientes agravios.

    Fecha de firma: 06/05/2022

    Firmado por: R.L.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.G.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: SELVA A.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: N.A.M., SECRETARIA DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES

    FCT 2822/2021/CA1

    En primer lugar, alegó que la resolución es nula por falta evacuación

    de citas conforme...

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