Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 26 de Diciembre de 2019, expediente FSA 001215/2019

Fecha de Resolución26 de Diciembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II - SECRETARIA PENAL 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II FSA 1215/2019 Salta, 26 de diciembre de 2019.

Y VISTA Esta causa N° FSA 1215/2019/CA1 caratulada “RAMOS, E.Y.T.R., ANTONIO S/ INFRACCIÓN A LA LEY 23.737” proveniente del Juzgado Federal de Tartagal; y RESULTANDO 1) Que se elevan las actuaciones de referencia a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 111/114 por la defensa oficial de A.T.R. en contra de la resolución de fs. 98/103 y vta., que dispuso su procesamiento y prisión preventiva por considerarlo autor prima facie responsable del delito de transporte de estupefacientes (art. 5 inc. “c” de la ley 23.737).

2) Que las actuaciones se iniciaron el 12 de febrero del 2019, en circunstancias en que personal de la Sección Control de Ruta 34 “Aguaray” de Gendarmería Nacional se encontraba realizando un control físico y documentológico en la intersección de la Ruta Nacional Nº 34 y Avenida M.M., oportunidad en la que detuvieron la marcha de un colectivo de la empresa “El Fénix”, dominio LNN-308, proveniente de Aguaray con destino a la ciudad de Orán.

Al requerirle la prevención la documentación a a una pasajera -E.R. que viajaba acompañada de su hijo menor de edad y de R.R.-, ésta se mostró nerviosa y Fecha de firma: 26/12/2019 Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.E. JUEZ DE CAMARA, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA #33131661#246675243#20191226140828091 evasiva, contradiciéndose en sus dichos respecto a su destino y utilizando al niño para cubrirse el cuerpo.

Ante ello, fueron trasladados al recinto de la guardia donde se le realizó una requisa a R., hallándose adosados a su cuerpo y ocultos entre sus prendas 4 envoltorios conteniendo cocaína con un peso total de 1922,1 gramos y, ante la manifestación de la encartada, un envoltorio que llevaba en el interior de su vagina, con un peso de 405, 2 gramos de la misma sustancia.

De lo actuado se puso en conocimiento al Juez Federal de Tartagal quien ordenó el secuestro de la sustancia estupefaciente y todo otro elemento de interés para la causa, la detención de R., la demora de R. hasta la constatación de su domicilio y que se busquen familiares que se hagan cargo del menor.

Asimismo, se dejó constancia en el acta de procedimiento que al cotejar los domicilios de los involucrados, se detectó que en la vivienda donde dijo vivir quien se llamaría R.R., vivía un hombre que respondía a ese nombre, ante lo cual el demorado manifestó que en realidad su verdadera identidad era A.T.R. y que mintió porque posee antecedentes penales en este país (cfr. acta de procedimiento de fs.

1/3 y 6/7, prueba primaria de orientación de fs. 4 y 8, acta de incautación y pesaje de estupefacientes de fs. 5, acta de prestación Fecha de firma: 26/12/2019 Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.E. JUEZ DE CAMARA, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA #33131661#246675243#20191226140828091 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II FSA 1215/2019 de conformidad de fs. 11/12, croquis del lugar del hecho de fs. 27 y anexo fotográfico de fs. 44/46).

Posteriormente, a fs. 17/18, agregaron las declaraciones de los testigos civiles -M.D.A. y J.E.T.-, quienes coincidieron que, al momento de la requisa, E.R. llevaba debajo del corpiño y en el abdomen 4 paquetes con un peso total de 1.922,1 gramos de cocaína.

A fs. 19, obra la declaración testimonial de José

Héctor Cejas, padre del menor, quién refirió que R. es madre de sus tres hijos y que están separados hace cinco años.

Añadió que a T.R. solo lo conoce de vista, que jamás habló con él porque se siente intimidado y que su hija le comentó que el nombrado concurre a su casa a visitar a su ex mujer.

A fs. 20 luce el acta de entrega del menor a su padre J.H.C..

A fs. 81/94 se agregaron actuaciones remitidas por el personal de Gendarmería Nacional donde obran las transcripciones realizadas sobre las llamadas y mensajes recibidos y enviados del celular de E.R..

A fs. 115, se dejó constancia que en fecha 12/3/19, en la causa Nº FSA 36675/2018 caratulada “C., J.R. y otros s/ Infracción a la ley 23.737”, que el a quo dispuso la acumulación jurídica de la presente con los autos en mención, Fecha de firma: 26/12/2019 Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.E. JUEZ DE CAMARA, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA #33131661#246675243#20191226140828091 debiendo mantener ambas separadas materialmente para la prosecución del trámite.

3) Que convocados a prestar declaración indagatoria, E.R. haciendo uso de su derecho, se negó

a declarar (fs. 60/61).

Por su parte, A.T.R. manifestó

que conocía a R. de vista y que se dirigía a Tartagal a ver un trabajo.

Señaló además que...

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