Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 4, 27 de Abril de 2022, expediente FSM 016252/2020/CA002

Fecha de Resolución27 de Abril de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 4

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4

Causa n° - FSM 16252/2020/CA2

IMPUTADO: MEDINA, WALTER Y OTROS s/ROBO

Reg. N°: 9766

S.M., de abril de 2022.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento del tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la defensa oficial de E.J.B., R.O.R., W.G.M., G.G.G., L.M.R. y J.C.F. contra la resolución que decretó sus procesamientos por ser considerados coautores del delito de violación de domicilio, en concurso real con el de violación de las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia y mandó a trabar embargo sobre sus bienes y/o dinero hasta cubrir la suma de $100.000 respecto de cada uno de ellos (Arts. 150, 205, 45 y 55 del C.P; 306

    y 518 del C.P.P.N.).

    En la instancia, la defensa sostuvo la impugnación al tiempo que el Fiscal General no adhirió a la misma.

    Fecha de firma: 27/04/2022

    Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: P.J.F., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: N.P.B., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4

    Causa n° - FSM 16252/2020/CA2

    IMPUTADO: MEDINA, WALTER Y OTROS s/ROBO

    Reg. N°: 9766

  2. La impugnante tilda de arbitraria la resolución recurrida, por falta de fundamentación.

    De otro lado, sostiene que la prueba de embate rendida en el legajo no permite establecer el cabal conocimiento de los nocentes respecto de los delitos que les fueron imputados y que no se tuvo en consideración las versiones que cada uno de ellos brindó al momento de declarar a tenor del Art. 294 del Código Procesal Penal de la Nación.

    En ese norte, señala que la presencia de sus asistidos en el predio del Ejército Argentino radicaba en la profunda convicción de que el personal militar les había otorgado autorización para ello, lo que, incluso, se correspondía con las condiciones de abandono que presentaba el terreno y que, días anteriores, algunos vecinos habían accedido y retirado distintos elementos de construcción de aquél.

    Por otro lado, enumeró los motivos que, a su entender, resultan atendibles para Fecha de firma: 27/04/2022

    Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: P.J.F., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: N.P.B., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4

    Causa n° - FSM 16252/2020/CA2

    IMPUTADO: MEDINA, WALTER Y OTROS s/ROBO

    Reg. N°: 9766

    justificar en cada caso la infracción a las restricciones sanitarias por entonces vigentes.

  3. L. cabe puntualizar,

    respecto a la alegada arbitrariedad del pronunciamiento, lo reiteradamente sostenido por el más Alto Tribunal de Justicia de la Nación, en cuanto a que tal doctrina reviste un carácter excepcional y, por ende, sólo atiende a supuestos de desaciertos u omisiones cuya gravedad acarrea la descalificación de las sentencias como actos jurisdiccionales válidos (Fallos: 305:361 y 1163; 306:94, 262, 391, 430

    y 1111; 307:74, 257, 437, 444, 514, 629 y 777;

    312:246, 608, 888, 1859, 2017 y 2315; 321:3415;

    y 329:1787, entre muchos), por lo que para dar lugar a un supuesto de inequívoco carácter excepcional, se debe demostrar que el error es tan grosero que aparece como algo inconcebible dentro de una racional administración de justicia (Fallos: 330:4797).

    Pues bien, entiende esta Alzada que no es admisible su invocación respecto de la decisión impugnada, toda vez que el asunto en revisión fue resuelto con fundamentos Fecha de firma: 27/04/2022

    Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: P.J.F., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: N.P.B., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4

    Causa n° - FSM 16252/2020/CA2

    IMPUTADO: MEDINA, WALTER Y OTROS s/ROBO

    Reg. N°: 9766

    suficientes que bastan para sustentar el pronunciamiento como acto judicial, sin perjuicio de la mera discrepancia con tal interpretación.

  4. Los antecedentes del caso señalan que esta causa se inició el 29 de abril de 2020, a partir de...

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