Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - Sala II, 10 de Marzo de 2016, expediente FSM 078000152/2007

Fecha de Resolución10 de Marzo de 2016
EmisorSala II

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4 Causa n° 6769 - FSM 78000152/2007/CA1 “IMPUTADO: KRABS, MARCELA FABIANA s/FALSIFICACION DOCUMENTOS PUBLICOS”

Reg. N°:7239 S.M., diez de marzo de 2016.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Llega este legajo a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el fiscal de grado contra la resolución de fs. 505/506vta. que declaró

extinguida la acción penal por prescripción respecto de M.F.K. de las demás condiciones personales obrantes en autos y en consecuencia sobreseer a la nombrada, de conformidad con lo establecido en el Art. 59, inc. 3ro. 62. inc. 2do. del Código Penal y 336, inc. 1ro. del Código Procesal Penal de la Nación.

En la instancia, el F. General mantuvo la impugnación (fs. 522), al tiempo que el Defensor Oficial no adhirió a ella (fs.

523/vta.).

Los antecedentes del caso, informan que se imputa a la nombrada los delitos de falsificación de documento público y falsedad ideológica de instrumento público, ambos en concurso ideal (arts. 54, 292, primer párrafo y 293, segundo párrafo del Código Penal). Ello a Fecha de firma: 10/03/2016 Firmado por: H.D.G., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: D.M.R., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: M.P.C., PROSECRETARIA DE CÁMARA #27096308#147138499#20160311085006860 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4 Causa n° 6769 - FSM 78000152/2007/CA1 “IMPUTADO: KRABS, MARCELA FABIANA s/FALSIFICACION DOCUMENTOS PUBLICOS”

Reg. N°:7239 partir de su presunta intervención en calidad de gestora del trámite de transferencia espurio que, por ante el Registro Nacional de la Propiedad Automotor Nro. 1 de S.M., habilitó el 24 de agosto de 2000 la expedición del Título de Automotor y la Cédula de Identificación ideológicamente falsas correspondientes a un rodado marca “Ford Mondeo”, dominio AWY-601.

En función de tales elementos y al considerar que en el caso se verificaba el estado de sospecha del Art. 294 del CPPN, el juzgado instructor ordenó por primera vez en autos el día 20 de junio de 2007 que se recibiera declaración indagatoria a la causante, quien fue citada en reiteradas oportunidades y, al no haberse podido dar con ella, se dispuso a su respecto la averiguación de su comparendo y citación a primera audiencia, aún en vigencia.

Ahora bien, al tiempo de resolver, estima el Tribunal que la decisión de extinción de la acción penal por...

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