Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL, 26 de Diciembre de 2022, expediente FLP 059932/2017/CA002 - CA003

Fecha de Resolución26 de Diciembre de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III

FLP 59932/2017/CA2 - CA3

La Plata, 26 de diciembre de 2022.

VISTO: este expediente FLP

59932/2017/CA2-CA3, caratulada “H., D.D. s/ secuestro extorsivo”, del registro del Juzgado Federal n° 2 de Lomas de Z.,

Secretaría Penal n° 5.

Y CONSIDERANDO QUE:

  1. La decisión y el recurso.

    Contra la decisión de fecha 28 de agosto pasado, mediante la cual el a quo dispuso el procesamiento -con prisión preventiva- de D.D.H., por considerarlo prima facie autor penalmente responsable del delito de secuestro extorsivo agravado por la cantidad de intervinientes -arts. 45, 170, primer párrafo y segundo párrafo inc. 6°, todos del Código Penal de la Nación y arts. 306 y art. 312, inc. 1ro. del Código Procesal Penal de la Nación)-, la doctora J.E.C. interpuso recurso de apelación.

  2. Los agravios.

    En su pieza recursiva se agravió

    señalando que el procesamiento se sostiene únicamente en el hallazgo de la huella dactilar,

    sobre la que luego se constató identidad con su defendido.

    Asimismo, indicó que si bien el magistrado de grado valoró similitudes entre el secuestro investigado en esta causa con aquel investigado en la causa 58547/2018 (expediente en el que se encuentra procesado y elevado a juicio),

    lo cierto es que la gran mayoría de los secuestros extorsivos presentan las características señaladas por el magistrado.

    Fecha de firma: 26/12/2022

    Alta en sistema: 27/12/2022

    Firmado por: M.A.M., SECRETARIA FEDERAL

    Firmado por: R.A.L.A., J. Firmado por: C.A.V., JUEZ

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    FLP 59932/2017/CA2 - CA3

    También sostuvo que el descargo brindado por H. en su declaración indagatoria,

    contrariamente a lo sostenido por el instructor,

    se habría corroborado con las medidas probatorias producidas.

    Subsidiariamente, solicitó se dicte la falta de mérito de su asistido y cuestionó el monto dispuesto a embargo.

Antecedentes

Las presentes actuaciones se iniciaron el 30 de junio de 2017, oportunidad en la cual se recibió un llamado en la DDI en función Judicial Cañuelas por parte del C.H., jefe del distrito S.V., en el que daba cuenta de un secuestro extorsivo que ocurría en la zona.

Se estableció así que SHI YANG CHEN

habría sido interceptado en las inmediaciones de las calles Rivadavia y C. en la localidad de San Vicente, mientras circulaba con su camioneta marca Audi Q5 dominio KPE-833 de color blanco a las 23.30hs, por tres vehículos del que descendieron dos sujetos armados ingresando al automóvil de la víctima.

Allí, le sustrajeron su teléfono celular y siendo aproximadamente las 23.45, recibieron el llamado de Liang Ma Hong, amiga de la víctima,

llamado que fue atendido por los captores quienes,

al no entender el idioma, obligaron al S.C. a pedirle dinero a su amiga a cambio de su liberación.

Acordado que fue el monto del rescate, le indicaron a la señora Ma Hong a que coloque en una bolsa de nylon de color negra la cantidad de Fecha de firma: 26/12/2022

Alta en sistema: 27/12/2022

Firmado por: M.A.M., SECRETARIA FEDERAL

Firmado por: R.A.L.A., J. Firmado por: C.A.V., JUEZ

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ochenta mil pesos ($80.000), haciéndose efectivo el pago en la calle Sarmiento Nº380, S.V..

El dinero se entregó al conductor de un rodado de color gris oscuro con los vidrios polarizados, quien una vez que lo recibió se retiró rápidamente del lugar.

Finalmente, el Sr. C. fue liberado en la Ruta 210 a la altura de la localidad de Longchamps, donde fue asistido por personal policial quien lo trasladó a la dependencia policial, donde efectuó la correspondiente denuncia.

Luego, el automóvil sustraído a la víctima fue hallado el 12 de julio de 2017 en el estacionamiento del edificio n° 18, ubicado en la calle S. entre C. y L., del complejo habitacional “Barrio Vitum”.

De los peritajes efectuados sobre el mismo se logró levantar dos (2) huellas dactilares aptas para el cotejo, las que fueron remitidas a la Superintendencia de la Policía Científica,

División Dasctiloscopía (sección AFIS), de la Policía Federal Argentina, para su identificación,

arrojando resultado negativo en ambos casos.

Consecuentemente, y ante el resultado obtenido en las diferentes medidas probatorias producidas en autos, se dispuso el archivo de la causa.

Luego, con fecha 1° de agosto pasado, se recibió en la Fiscalía Federal n° 2 de Lomas de Z., informe pericial de la Delegación Lomas de Z. de la Policía Científica, en el que se establecía que la huella obtenida en el celofán del paquete de cigarrillos hallado en el baúl del Fecha de firma: 26/12/2022

Alta en sistema: 27/12/2022

Firmado por: M.A.M., SECRETARIA FEDERAL

Firmado por: R.A.L.A., J. Firmado por: C.A.V., JUEZ

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rodado sustraído a la víctima pertenecía a D.D.H..

En función de eso, se dispuso escucharlo en declaración indagatoria, oportunidad en la cual se le imputó: “haber participado en la sustracción, retención y ocultamiento de Shi Yang Chen para obtener un rescate a cambio de su liberación. El 30 de junio de 2017,

aproximadamente, a las 23:30 horas, en momentos en que S.Y.C. conducía su vehículo automotor (Audi Q5 2 OT FSI Quattro, color blanco, dominio KPE833) a la altura de calle El Pampero y Ruta 58,

a unos 30 metros del Country Club San Eliseo de la localidad de San Vicente de la P.B.A. fue interceptado por tres vehículos, uno por delante,

otro al costado y el restante detrás de su rodado,

obligándolo a detener la marcha. Descendieron dos masculinos de cada rodado, quienes, a punta de pistola, lo pasaron a la parte trasera de su auto,

colocándolo entre medio de dos de sus captores.

Otros dos ascendieron a la parte delantera,

tomaron la conducción del auto y emprendieron la marcha, obligando a la víctima a mantener la cabeza hacia abajo. Le preguntaron si vivía en un country y cuánto dinero tenía. El Sr. C. les dijo que tenía un supermercado en Sarmiento 380 de San Vicente, pero que ignoraba cuánto era la recaudación de ese día. Ingresaron a la localidad de San Vicente y le sustrajeron su teléfono celular Iphone 6 abonado 011-15-4448-8888 de la empresa Movistar. Alrededor de las 23:45 horas recibió en su teléfono una llamada de su amiga L.M.H. (abonado 02225-481510). Uno de los captores tomó el teléfono y le dijo a la Sra. Hong Fecha de firma: 26/12/2022

Alta en sistema: 27/12/2022

Firmado por: M.A.M., SECRETARIA FEDERAL

Firmado por: R.A.L.A., J. Firmado por: C.A.V., JUEZ

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FLP 59932/2017/CA2 - CA3

que tenían secuestrado al Sr. C., y le exigieron dinero para liberarlo. Le ordenaron que junte todo lo que tenía y lo ponga en una bolsa y lo arroje en la puerta del domicilio, sobre la Av.

S.. C. fue obligado a decirle a su amiga que junte plata porque lo tenían secuestrado y que no llame a la policía, dado que sus captores eran policías. Se dirigieron al domicilio del supermercado, sito en Sarmiento 380 de San Vicente,...

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