Sentencia de SALA 1, 11 de Junio de 2015, expediente CFP 001356/2014/14/CA017

Fecha de Resolución11 de Junio de 2015
EmisorSALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 1356/2014/14/CA9 - CA17 CCCF - Sala I CFP – 1356/2014/14/CA9-CA17 “G, DM s/ excarcelación”

Juzgado nº 1 – Secretaría nº 1 Buenos Aires, 11 de junio de 2015.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Los Dres. E.F. y J.B. dijeron:

I.M. la intervención de este tribunal el recurso de apelación interpuesto por el Dr. N.Z., contra la resolución obrante a fs. 60/62 de este incidente, en cuanto dispuso no hacer lugar al pedido de excarcelación de DMG bajo ningún tipo de caución.

  1. Al momento de fundar la denegatoria, la señora jueza de grado sostuvo que la situación del imputado no había variado con relación al rechazo del beneficio intentado en oportunidades anteriores. Asimismo, relató que el nombrado fue procesado por delitos que superaban ampliamente el tope máximo previsto por el art.

    316 del CPPN y que, además, en los términos del artículo 319 de ese cuerpo normativo, había que tener en cuenta la firmeza del auto de procesamiento y la inminencia del juicio, elementos que la llevaron a sostener que, de recuperar la libertad, el imputado podría evadir el accionar judicial.

  2. El letrado se agravia por considerar que la situación actual difería de aquella en que fuera dictado el auto de procesamiento. En ese sentido, dijo haber incorporado al legajo una serie de elementos probatorios que permitirían sostener que el imputado era inocente de los hechos que se le endilgan. No obstante, refirió que no era la intención de la defensa variar la situación procesal sino el encarcelamiento que se encuentra viviendo ya que, entre otras cosas, la cantidad de pruebas aportadas al proceso por el Fecha de firma: 11/06/2015 Firmado por: J.L.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.R.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: E.A.N., SECRETARIO DE CAMARA imputado, así como la propia declaración indagatoria brindada por él, resultaban indicios de la colaboración que habría mantenido durante todo el proceso.

    En lo que hace específicamente a los riesgos procesales, la defensa de G ofreció establecer domicilio en la actual vivienda de los suegros de su padre, ambos profesionales y jubilados, y de quedar a cuidado de ellos. Refirió que el nombrado no contaba con antecedentes penales y, ofreció que en caso de que se estime pertinente, se le fije al Sr. G una caución de tipo real con el dinero que le fuera secuestrado en el momento del allanamiento, como así

    también, en última...

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