Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 23 de Mayo de 2019, expediente FTU 031869/2018/CA001

Fecha de Resolución23 de Mayo de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE TUCUMAN - SECRETARIA PENAL

31869/2018 IMPUTADO: FLORES , S.H. Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN San Miguel de Tucumán, de 2019.

Y VISTO: El recurso de apelación interpuesto a fs.

155; y CONSIDERANDO:

1) Que llegan los presentes autos a estudio del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Defensor Público Oficial, en contra de la resolución de fecha 14 de noviembre de 2018, por la que se dispone procesar con prisión preventiva a S.H.F., como presunto autor del delito previsto y penado por el art. 5, inc. c) de la Ley 23.737 -Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización- y trabar embargo sobre bienes suficientes de su propiedad en la suma de $30.000.

A fs. 167 la Defensa presenta memorial de agravios por escrito.

En primer lugar, solicita se disponga la nulidad de la resolución que ordenó el allanamiento del domicilio de su pupilo, por ausencia de motivos que justifiquen tal intromisión estatal en el ámbito de privacidad, y de todos los actos que fueron su consecuencia, disponiendo el sobreseimiento e inmediata libertad de S.H.F..

En segundo término, y para el caso de que no se haga lugar a la nulidad planteada, solicita se dicte el sobreseimiento de su asistido por atipicidad de su conducta, al no haberse aportado Fecha de firma: 23/05/2019 Alta en sistema: 29/05/2019 Firmado por: 1- R.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: 3- J.E.D., CONJUEZ DE CAMARA Firmado por: 4- H.E.F.S., CONJUEZ DE CAMARA 1 DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.F.D., SECRETARIA #32245341#233568573#20190506112759388 31869/2018 IMPUTADO: FLORES , S.H. Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN elementos probatorios precisos y concretos con entidad suficiente para tener por configurada la figura de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.

Sostiene que no concurren en el caso los elementos objetivos y subjetivos requeridos por el tipo penal.

Se agravia también de la prisión preventiva dispuesta por el A-quo, al estimar que no se indicó cual es el riesgo procesal que hace aconsejable la misma.

Al respecto, y en cuanto al peligro de fuga, manifiesta que su defendido conserva un único y conocido domicilio, tiene una familia integrada por su pareja y un hijo menor de edad, y antes de su detención trabajaba prestando servicios para el presidente de la OSPIA, circunstancias que demuestran el arraigo.

Respecto al peligro de entorpecimiento de la investigación, no entiende de qué forma su asistido podría destruir u ocultar pruebas, cuando las pruebas en base a las cuales el Magistrado dictó el auto de procesamiento se encuentran bajo la órbita y custodia de la justicia.

Por lo tanto, solicita se revoque el procesamiento con prisión preventiva dispuesto, y se ordene la inmediata libertad de F..

Por último, agravia a la Defensa el embargo dispuesto por el A-quo, por considerarlo desproporcionado, arbitrario y excesivo.

Fecha de firma: 23/05/2019 Alta en sistema: 29/05/2019 Firmado por: 1- R.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: 3- J.E.D., CONJUEZ DE CAMARA Firmado por: 4- H.E.F.S., CONJUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.F.D., SECRETARIA DE CAMARA #32245341#233568573#20190506112759388 31869/2018 IMPUTADO: FLORES , S.H. Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN 2) Previo a resolver, cabe recordar que las presentes actuaciones tuvieron su origen en una denuncia presentada ante la Dirección de Drogas Peligrosas de la Provincia de Tucumán -Localidad de L.- por dos personas de sexo femenino, quienes manifestaron que “hay un tipo que vive en la Avenida 25 de Mayo, es muy molesto se pone a vender en la vereda de la casa con el amigo que le dicen S., o en la casa de este tipo que le dicen el “chucho”, no me acuerdo como se llama la calle de la casa del S., pero viven a la vuelta de la casa, son bien molestos, toman en la vereda de la casa y venden merca, la merca que venden se llama marihuana, no se puede salir de noche, “chucho” tiene varias causas por venta de droga y por robo y homicidio, ellos tienen la misma causa, se hacen los malos porque tienen armas, no se les puede decir nada porque ahí no más te quieren pegá, la casa tiene rejas adelante y una puertita verde de chapa éstos son de Bella Vista, y la casa de S. tiene ligustrín en la vereda no tienen como errarle, vayan y vean como venden marihuana”.

Efectuada una investigación reservada, se logró

identificar los domicilios denunciados. Se obtiene información de que J.O. se encuentra detenido en la Comisaría de Bella Vista, por lo que realizada una vigilancia en su domicilio no se observaron movimientos inusuales, mientras que en el domicilio de S. se observó arribar a un adolescente que ingresa unos Fecha de firma: 23/05/2019 Alta en sistema: 29/05/2019 Firmado por: 1- R.M.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: 3- J.E.D., CONJUEZ DE CAMARA Firmado por: 4- H.E.F.S., CONJUEZ DE CAMARA 3 DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.F.D., SECRETARIA #32245341#233568573#20190506112759388 31869/2018 IMPUTADO: FLORES , S.H. Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN segundos y se retira rápidamente y a los pocos metros extrae de su bolsillo un envoltorio de plástico tipo bagullo (fs. 11/12).

De otras vigilancias mantenidas en el domicilio de S. se pudo constatar la permanente llegada de jóvenes que...

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