Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 16 de Agosto de 2019, expediente FSA 042000060/2013/CA001

Fecha de Resolución16 de Agosto de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II - SECRETARIA PENAL 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II FSA 42000060/2013/CA1 Salta, 16 de agosto de 2019.

Y VISTA:

Esta causa nro. FSA 42000060/2013/CA1 caratulada: “FALÚ, M.I.S.ÓN DE CAUDALES PUBLICOS” con trámite en el Juzgado Federal Nº

2 de Jujuy, RESULTANDO:

1) Que vienen las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 652/658 por la defensa técnica de M.I.F. en contra de la resolución de fs. 633/651, por la que dictó su procesamiento como autora prima facie responsable del delito de incumplimiento de los deberes de funcionaria pública (art. 249 del CPN).

2) Que las presentes actuaciones se iniciaron con el requerimiento de instrucción presentado el 28/11/2012 por el F.F. quien señaló que de los distintos sumarios administrativos (Expte. N° 3-246/12 “Sumario Administrativo s/faltante de dinero en causa N° 1090/08” y Expte.

N° 3-270/12 “Sumario Administrativo s/faltante de dinero en causa N° 277/09”), así como de los relevamientos efectuados por el Dr.

Klix, surgían irregularidades administrativas groseras en el manejo del dinero así como también faltantes de montos incautados en los secuestros, lo que a su entender constituiría el delito de malversación de caudales públicos (art. 261 del CP).

Fecha de firma: 16/08/2019 Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.J.P., SECRETARIA INTERINA #8300881#241456022#20190816144312291 Luego se delegaron las investigaciones al Ministerio Público F. (art. 196 del CPPN), disponiéndose distintas medidas de prueba tendientes a determinar la existencia de presuntos hechos delictivos y la individualización de los supuestos responsables.

En fecha 4/11/2013 fue convocada a prestar declaración indagatoria la entonces Secretaria Penal del Juzgado Federal N° 2 de Salta (cfr. fs. 408), oportunidad en la que se le imputó “haber sustraído dinero y otros efectos secuestrados en relación a diversos expedientes registrados y tramitados por ante la Secretaría, cuya custodia le había sido confiada en razón de su cargo (primera imputación), o bien, que en la misma ocasión y bajo las mismas circunstancias, como consecuencia de su imprudencia, negligencia y/o inobservancia de los reglamentos o deberes a su cargo, habría posibilitado la sustracción de dinero y otros efectos secuestrados en relación a diversos expedientes registrados y tramitados por ante esa Secretaría” (cfr. fs. 591/608).

Finalmente...

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