Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 4, 27 de Septiembre de 2022, expediente FSM 061644/2016/CA001
Fecha de Resolución | 27 de Septiembre de 2022 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA PENAL 4 |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4
Causa n° - FSM 61644/2016/CA1
IMPUTADO: ESPOSITO, MARIO EUSEBIO Y OTROS s/INFRACCION LEY 24.769 DENUNCIANTE:
DIR. REG. OESTE DE LA AFIP - DGI, ROMINA
Reg. N°:9908
S.M., de septiembre de 2022.
VISTO
Y CONSIDERANDO:
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Llega el legajo a conocimiento de esta Alzada, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la titular de la Fiscalía Federal en lo Criminal y Correccional nro. 2 de M., contra los puntos I, en forma parcial y,
II, de la resolución de fecha 4 de agosto del año en curso, que dispusieron, de un lado,
sobreseer parcialmente a M.E.E., C.E.E. y A.E., responsables de la firma “Materpel S.A.” en orden al delito de evasión agravada del pago de tributos –Impuesto al Valor Agregado- correspondiente a los períodos 11/2009, 12/2009, 1/2010, 2/2010, 3/2010,
4/2010, 5/2010, 6/2010, 7/2010 y 8/2010, en aplicación de las previsiones de los Arts. 2
del C.P. y 336 inc. 3 del C.P.P.N. y, por el otro, suspender el ejercicio de la acción penal respecto de los períodos 9/2010 y 10/2010 –con relación al I.V.A.- y 5/2016, 6/2016, 7/2016,
8/2016, 9/2016 y 10/2016 –con relación al Fecha de firma: 27/09/2022
Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: P.J.F., SECRETARIO DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4
Causa n° - FSM 61644/2016/CA1
IMPUTADO: ESPOSITO, MARIO EUSEBIO Y OTROS s/INFRACCION LEY 24.769 DENUNCIANTE:
DIR. REG. OESTE DE LA AFIP - DGI, ROMINA
Reg. N°:9908
Impuesto a las Ganancias-, en aplicación del Art. 54, 1° parte, de la ley 27.260.
En la instancia, el Sr. Fiscal General mantuvo la impugnación, de modo que el legajo se encuentra en condiciones de recibir pronunciamiento.
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La Fiscal de grado se agravia del auto de sobreseimiento parcial dictado en relación a la evasión de tributos correspondientes al impuesto al valor agregado,
en la medida en que los montos deben computarse por cada ejercicio anual y no mensualmente,
como lo hizo el a quo.
De este modo, siendo que la cifra evadida ascendía a la suma de dos millones doscientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y ocho pesos con treinta y nueve centavos ($ 2.245.458,39), se supera la condición objetiva de punibilidad prevista en el Art. 1 del Art. 279 de la Ley 27.430,
cuestionando en consecuencia la aplicación del principio de ley penal más benigna efectuado en base a aquel cómputo.
Fecha de firma: 27/09/2022
Firmado por: A.A.L., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: MARCOS MORAN, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: P.J.F., SECRETARIO DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC PENAL N°4
Causa n° - FSM 61644/2016/CA1
IMPUTADO: ESPOSITO, MARIO EUSEBIO Y OTROS s/INFRACCION LEY 24.769 DENUNCIANTE:
DIR. REG. OESTE DE LA AFIP - DGI, ROMINA
Reg. N°:9908
En sintonía con ello, señala que tal impuesto versa sobre un hecho único e indivisible, por lo que la suspensión de la acción penal por sólo dos períodos -9/2010 y 10/2010- que forman parte de un único ejercicio fiscal no resulta procedente, ya que el otorgamiento o no de tal suspensión debe ser analizado respecto a todo el ejercicio fiscal aludido -2010- y a la luz de las previsiones de la ley 27.562.
Finalmente, se agravia de la suspensión de la acción penal respecto de los períodos 5/2016, 6/2016, 7/2016, 8/2016, 9/2016
y 10/2016 relativos al Impuesto a las Ganancias, al considerar tal decisión prematura, en tanto el juzgado instructor no verificó previamente si la sociedad y/o sus integrantes se encuentren comprendidos dentro de las causales de exclusión previstas en el Art. 16 de la referida normativa.
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Dicho ello, cabe reseñar que este...
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