Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL, 6 de Agosto de 2019, expediente FLP 129026/2018/CA001

Fecha de Resolución 6 de Agosto de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II FLP 129026/2018/CA1 La Plata, 6 de agosto de 2019.

VISTO: este expediente registrado bajo el N°

FLP 129026/2018/CA1 (Reg. Int. N° 10.208), caratulado:

D., S. S/ Lesiones leves (Art. 89)

, procedente del Juzgado Federal Criminal y Correccional Nº 1 de Lomas de Z., Secretaría Penal N° 3.

Y CONSIDERANDO:

  1. Llega este expediente a conocimiento de la Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 29/32, por la Sra. Fiscal C.I. contra la resolución de fs. 27/28 vta., que no hizo lugar al planteo de incompetencia efectuado a fs.

    25/26.

  2. La investigación se inició con el parte de prevención labrado en fecha 28 de octubre de 2018, por la Jefe de Día del Complejo Penitenciario Federal IV de Mujeres de Ezeiza, S.K.E..

    En lo sustancial, surge que en la fecha de mención siendo las 14:35 horas en el patio del Sector “A” del Módulo Residencial VI, personal penitenciario observó por los monitores a la interna S.D.

    propinarle golpes de puño y patadas a la interna S.

    P., como también amenazarla con dos palos con puntas en sus extremos.

    Toda vez que no acataba las órdenes, se requirió apoyo de la División Control y Registro, continuando en un estado de alteración amenazando al personal con palos de madera. Luego se logró el reintegro de la interna P. a su alojamiento y la contención de D. Asimismo, y conforme a las constancias obrantes, ambas internas fueron asistidas por el médico de guardia quien corroboró que P.

    presentaba lesiones y D. cursaba un estado de excitación psicomotriz, por lo que sólo se le labró

    acta de lesión a P. quien expresó su voluntad de instar acción penal (ver fs. 1/8).

  3. Radicadas las actuaciones en el juzgado Federal N° 1 de Lomas de Z., se delegó la instrucción al titular de la Fiscalía Federal Nº 2 de esa ciudad, de conformidad con lo normado en el Fecha de firma: 06/08/2019 Alta en sistema: 14/08/2019 Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: A.S.L.P., SECRETARIO FEDERAL #32795783#240688064#20190807123711626 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II FLP 129026/2018/CA1 artículo 196 del Código Procesal Penal de la Nación (ver fs. 23).

    A fs. 25/26, la Sra. Fiscal, solicitó que sea declarada la incompetencia material del fuero de excepción, en favor de la justicia provincial, específicamente al Juzgado de Garantías del Departamento Judicial de Lomas de Z., argumentando que no se vislumbra la afectación de los intereses del Estado Nacional y/o del buen servicio que deben prestar sus instituciones y agentes.

    Asimismo, expuso que aunque los hechos ocurrieron dentro de un establecimiento carcelario, no existiendo intereses nacionales en pugna ni alguna incidencia en la prestación del servicio propio del establecimiento, no es razonable que...

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