Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 20 de Mayo de 2015, expediente FTU 400374/2005/CA002

Fecha de Resolución20 de Mayo de 2015
EmisorCAMARA FEDERAL DE TUCUMAN

400374/2005 IMPUTADO: CASTILLO ENRIQUE ALFREDO Y OTROS Y OTRO s/24769 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN San Miguel de Tucumán, de 2015.

AUTOS Y VISTO: Para resolver el recurso de apelación deducido contra la resolución de fs. 273/277; y CONSIDERANDO:

Fundamentos de los señores Jueces de Cámara Doctores R.M.S., E.C.W. y MARINA COSSIO:

Que contra la resolución de fs. 273/277, que en el punto II) dispone: “fundamentada que fuera la medida en cumplimiento de lo normado por el art. 218 bis del CPPN., ordénase la toma de muestras por Hisopado Bucal de E.A.C. y de S.L.L., conforme las razones esgrimidas en el presente decisorio, fijándose para el día 18 de Diciembre de 2012, a hs. 09.30 en la sede del Gabinete Científico de la Policía Federal Argentina, sito en subsuelo de este Tribunal Federal”, deduce recurso de apelación la defensa de Castillo a fs. 285.

A fs. 287, el Sr. Juez a-quo desestima el recurso interpuesto, y, a fs. 288, aclara la resolución de fecha 29 de diciembre de 2012 (fs. 273/277), en el sentido que corresponde “no hacer lugar al planteo de oposición formulado por el Dr. H.P., por resultar abstracto, ya que no se dispuso medida compulsiva de extracción de ADN en estos autos”.

Fecha de firma: 20/05/2015 Firmado por: M.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.D.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.C.W., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.E.I., SECRETARIA DE CAMARA 400374/2005 IMPUTADO: CASTILLO ENRIQUE ALFREDO Y OTROS Y OTRO s/24769 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN A fs. 298/300, el Dr. M.R. -por la defensa de Castillo- deduce recurso de queja por apelación mal denegada, el cual fue acogido favorablemente por este Tribunal a fs. 374/375.

A fs. 450/469, la Dra. R.E.I.L. -por la defensa de E.A.C.- presenta informe de agravios por escrito.

Indica que ponderando los medios elegidos (examen de histocompatibilidad) para acreditar un hecho que conforma el núcleo de la investigación -presunta falsificación de documentos-, no se advierte vinculación alguna entre ellos, porque en ningún supuesto el resultado que se pudiera obtener del ADN será prueba acreditativa de la infracción a la ley 17.671.

Expresa que el perito interviniente en la causa civil concluyó que C. puede ser excluido de la paternidad biológica de G.N.G., por lo que no existe un estado de sospecha en la persona del nombrado.

Explica que del acta de nacimiento del menor G.N.G. y del acta de reconocimiento de fs.

153, se desprende que no se verificó en el presente caso la infracción a la ley 17.671.

Agrega que no se consignó la necesidad, razonabilidad y proporcionalidad del caso concreto exigidos por el art. 218 bis del CPPN., encontrándose viciada la solicitud de intervención de Castillo en este proceso, al haberse vulnerado los principios Fecha de firma: 20/05/2015 Firmado por: M.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.D.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.C.W., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.E.I., SECRETARIA DE CAMARA 400374/2005 IMPUTADO: CASTILLO ENRIQUE ALFREDO Y OTROS Y OTRO s/24769 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN referidos, por lo que solicita se declare la nulidad del acto defectuoso.

A fs. 472/477, el Sr. Defensor Público Oficial Ad-hoc -por la representación promiscua de G.N.G.-

mejora los fundamentos vertidos en la resolución apelada.

Afirma que del análisis de la causa surge a todas luces la absoluta necesidad, razonabilidad y proporcionalidad de la medida ordenada.

Explica que la Sra. G. -madre del menor- negó

haber tenido cualquier tipo de relación con el Sr. L., por lo que es indispensable determinar la veracidad del reconocimiento realizado por él, destacando que la oportunidad en que fue realizado (luego de iniciado el proceso de filiación contra el Sr.

Castillo) y la posterior presentación en el juicio de filiación por este último, hace sospechar de...

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