Sentencia de SALA FERIA A, 21 de Enero de 2015, expediente CCC 074314/2014/CA003

Fecha de Resolución21 de Enero de 2015
EmisorSALA FERIA A

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - SALA DE FERIA A CCC 74314/2014/CA –

B., W.D.

. Procesamiento. Robo con armas. Instrucción 42.

Buenos Aires, 21 de enero de 2015.

VISTOS

Y CONSIDERANDOS:

Celebrada la audiencia prevista por el art. 454 del Código Procesal Penal, el Tribunal se encuentra en condiciones de resolver en torno al recurso de apelación deducido por la defensa contra el punto I del auto de fs. 179/194, que dispuso el procesamiento de W.D.B. por encontrarlo, en principio, coautor de los delitos de robo agravado por haber sido cometido con armas de fuego en concurso real con privación ilegítima de la libertad agravada por haber sido cometido con violencia y lesiones (arts. 45, 55, 89, 142, inc. 1°, 166, inc. 2°, segundo párrafo del CP).

El defensor particular del imputado no cuestionó la materialidad del hecho ni la responsabilidad de su asistido en él, sino sólo la calificación legal en que la jueza de la instancia de origen encuadró los sucesos, la forma en que, a su criterio, deberían concurrir entre sí y el grado de consumación que habrían alcanzado.

Al respecto, habremos de señalar que las críticas dirigidas a la significación jurídica que corresponde o no aplicar al caso, no habrán de ser tratadas por el tribunal, ya que no le causan agravio al recurrente en los términos del art. 449 del CPPN.

Ello pues es esencialmente provisoria y no resulta vinculante para el representante del Ministerio Público Fiscal al momento de concretar la acusación, ni para el tribunal de juicio al fallar (art. 401, del C.P.P.N.).

La excepción a esta regla se presenta cuando la modificación de la calificación legal impacta en otros institutos tales como la libertad durante el proceso, la prescripción, la punibilidad o la competencia.

La hipótesis no se da en el sub lite, máxime si se tiene en cuenta que al momento de rechazársele el pedido de excarcelación, los jueces integrantes de Sala A de Feria no tomaron como único Fecha de firma: 21/01/2015 Firmado por: L.M.R.B.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO FILOZOF, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: ANA POLERI, Secretaria Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - SALA DE FERIA A CCC 74314/2014/CA –

B., W.D.

. Procesamiento. Robo con armas...

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