Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 1, 7 de Febrero de 2020, expediente FRE 005789/2014/CA001

Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia Chaco Secretaría Penal N° 1

Resistencia, a los siete días del mes de febrero del año dos mil veinte.

VISTO:

El presente expediente registro Nº FRE 5789/2014/CA1, caratulado:

BARRIENTOS, S.E.Y.O., CÉSAR SEBASTIÁN SOBRE

INFRACCIÓN LEY 23.737 (ART. 5 INC. C)

, proveniente del Juzgado Federal Nº

1 de Resistencia, del que;

RESULTA:

A.- Que vienen los autos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido a fs. 175/176 por el Defensor Público Oficial –en representación de C.S.O., contra el resolutorio de fs. 169/174

mediante el cual la Instructora dictó auto de procesamiento con prisión preventiva –que no se hizo efectiva en virtud de la excarcelación concedida- en relación al nombrado por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5 inc. “c” de la Ley 23.737), trabando embargo sobre sus bienes.

B.- Para así decidir, la Jueza a quo tuvo en cuenta que las presentes actuaciones se iniciaron en fecha 19/06/2014, a través de las tareas investigativas desarrolladas por el Departamento Drogas Peligrosas de la Policía de la Provincia del Chaco, por medio de las cuales se tomó conocimiento que O. y su consorte de causa (B.) estarían comercializando estupefacientes en el Barrio 12 de Agosto de esta ciudad.

Y en tal sentido, se logró interceptar a varias personas que habiendo frecuentado el domicilio de éstos, llevaban consigo estupefacientes en pequeñas cantidades.

En virtud de ello, se ordenaron los allanamientos de los domicilios de B. y O. en fecha 27/06/2014, secuestrándose en la vivienda del primero de los nombrados veintisiete (28) envoltorios tipo bochita, conteniendo 838,3 gramos de marihuana, una balanza de precisión, la suma de pesos novecientos cincuenta y tres ($953) y un bulto de polietileno conteniendo 4 gramos de cocaína, mientras que en la casa de O. hallaron un pequeño envoltorio conteniendo un trozo de marihuana con un peso de 25 gramos, así como también la suma de pesos seiscientos noventa y tres ($693).

C.- A fs. 175/176 el Defensor Público Oficial –en representación de C.S.O.- interpuso recurso de apelación. Entiende –en lo esencial-

que la resolución objeto de impugnación puede ser caracterizada de arbitraria, en la medida que no constituye una derivación razonada de las constancias de la causa.

Fecha de firma: 07/02/2020

Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: R.A., JUEZ DE CAMARA

Firmado(ante mi) por: J.M.D., SECRETARIO DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de...

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