Sentencia de SALA FERIA A, 21 de Enero de 2015, expediente CCC 076077/2014/CA002

Fecha de Resolución21 de Enero de 2015
EmisorSALA FERIA A

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - SALA FERIA A CCC 76077/2014/CA2 “A.M.S. s/ robo” –procesamiento”.

Buenos Aires, 22 de enero de 2015.

Y VISTOS:

  1. Convoca la atención de la sala el recurso de apelación deducido por la asistencia técnica de M.S.A. contra el auto de fs. 136/138 que dispuso su procesamiento con prisión preventiva en orden al delito de robo de automotor dejado en la vía pública en grado de tentativa, en concurso real con el delito de desobediencia a la autoridad pública (artículos 42, 45 55, 163, inc. 6º

    en función del 167, inc. 4º y 239 del Código Penal) y trabó embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de cinco mil sesenta y nueve con sesenta y siete centavos ($5.069,67).

  2. Celebrada la audiencia prescripta en el art. 454 del C.P.P.N., nos encontramos en condiciones de resolver la cuestión.

    La orfandad probatoria que declama la defensa no se condice con los elementos de juicio que evaluó el señor juez de grado que permiten avanzar con la incriminación penal del encausado (artículo 306 del Código Procesal Penal).

    En ese sentido, los contestes testimonios de los policías C.S.F., A.A.P., Y.D.E. y E.S.C. así como las manifestaciones del testigo F.A.O.S., el secuestro del destornillador y sus vistas fotográficas, sustentan, con la provisoriedad de la etapa, la intervención de M.S.A. en el intento de desapoderamiento que damnificó a R.O.G. y la resistencia idónea para impedir el ejercicio de las funciones respectivas de la prevención policial (fs. 1/3, 15/16, 18/19, 20/21, 24/25, 26 y 60/62).

    De esos elementos se desprende que, en las circunstancias de tiempo y lugar descriptas en el auto de mérito dictado, A. intentó sustraer ilegítimamente y mediante fuerza en las cosas el rodado marca “Volkswagen”, modelo “B.”, dominio IRO-

    273 y/o las pertenencias que se encontraban en el interior del vehículo, y al ser detectada su presencia por personal policial, se dio a Fecha de firma: 21/01/2015 Firmado por: L.M.R.B.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO FILOZOF, JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: ANA POLERI, Secretaria Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL - SALA FERIA A CCC 76077/2014/CA2 “A.M.S. s/ robo” –procesamiento”.

    la fuga, siendo posteriormente detenido por los efectivos policiales que actuaron de forma inmediata, tras advertir la ocurrencia del hecho.

    De tal modo, entendemos que su huida refleja la participación en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR