Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 27 de Octubre de 2020, expediente FRE 022000765/2013/CA001

Fecha de Resolución27 de Octubre de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II - SECRETARIA PENAL 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II

FRE 22000765/2013/CA1

Salta, 27 de octubre de 2020.

Y VISTA

Esta causa N° FSA 22000765/2013 caratulada “A., B.R. s/ Infracción a la Ley 22.421

proveniente del Juzgado Federal de Tartagal; y RESULTANDO

1) Que se elevan las actuaciones de referencia a conocimiento de esta Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público F. en contra de la resolución que dispuso el sobreseimiento de B.R.A. por el delito de infracción a los artículos 25 y 27 de la ley 22.421 de Conservación de la Fauna.

2) Que a los fines de una mayor claridad expositiva, cabe señalar que las presentes actuaciones se iniciaron con la denuncia realizada por la Fundación Red Y. el 6/12/12 ante la Unidad F. para la Investigación de Delitos contra el Medio Ambiente (UFIMA) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la cual se daba cuenta que en “Facebook”, una persona conocida como “B.A.” exhibía imágenes de pieles de Y.,

adjuntándose impresiones de links de la red social.

Asimismo, se indicó que por averiguaciones realizadas por quienes integran la fundación se pudo determinar que la persona se trataría de B.R.A. y que las impresiones aportadas en las cuales se exhiben las pieles fueron realizadas en la Misión La Paz, Provincia de Salta, localidad que se encuentra ubicada a 200 metros del paso fronterizo internacional Argentina-Paraguay.

Ante ello, la Unidad F. inició en fecha 19/12/2012 la investigación preliminar ordenándose diversas medidas procesales, de las cuales se obtuvo, a través de la Cámara Nacional Electoral, que A. posee DNI Nº 10.270.609 con domicilio en calle 9 de Julio Nº 1355 de la ciudad de Formosa.

Fecha de firma: 27/10/2020

Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA

A su vez cotejó, a través del Registro Nacional de Armas de la República Argentina que el denunciado no se encontraba inscripto como legítimo tenedor de armas de fuego.

De esa manera, se constató por medio de la delegación Formosa de la Policía Federal Argentina que A. no residía en el domicilio informado por la Cámara Nacional Electoral sino en la calle D.F. Nº 77 de la ciudad de Formosa, no lográndose determinar con exactitud que realizara actividades en infracción a la ley 22.421. Sin embargo, se pudo saber a través de entrevistas con vecinos que viajaba con frecuencia a las zonas rurales del...

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