Impuesto a la riqueza: ¿redistributivo o antiproductivo?

Una sociedad en la que al menos cuatro de cada diez personas son pobres y una de cada diez es indigente, y en la que el derrumbe de la actividad económica llevó en los últimos meses a una muy fuerte caída del empleo, porque a la recesión ya existente se sumaron los efectos de la pandemia y la cuarentena. Ese es el contexto en el cual en el Congreso Nacional se debate el proyecto de ley para crear el "aporte solidario y extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia", conocido como impuesto a la riqueza o a las grandes fortunas.Más allá de la intención proclamada de que quienes más tienen hagan una contribución adicional a sus obligaciones tributarias en tiempos de crisis, lo cierto es que el texto del dictamen logrado en la Comisión de Presupuesto y Hacienda de Diputados, si bien incorporó cambios a la versión original en función de algunos cuestionamientos, sigue siendo el blanco de críticas de tributaristas, economistas y empresarios, que advierten sobre efectos negativos para la inversión y también para el propio fisco.La ausencia de consenso alcanza a la propia denominación de la carga. Hay quienes señalan que no hay dudas de que se trata de un impuesto, y entienden que se le intenta dar otro nombre, el de "aporte", con la pretensión de que queden de lado garantías previstas para el contribuyente, "como la de no confiscatoriedad", según dijo en una de las reuniones de la comisión el diputado Luis Pastori (UCR, Misiones).Pero más allá de ese y de otros temas técnicos, la cuestión central del debate está en cuál es la contribución efectiva que, para aliviar la situación crítica del país, tendría esta carga fiscal que, según un informe que la AFIP elaboró para la discusión legislativa, alcanzaría a algo menos de 10.000 personas, las más ricas del país según sus declaraciones al fisco, y podría recaudar entre $272.500 millones y $307.900 millones por única vez. El dinero obtenido quedaría en manos del gobierno nacional, porque no se coparticiparía con las distintas jurisdicciones del país.Desde la postura de defensa de la iniciativa se señala que el aporte extraordinario ayudaría a solventar gastos específicos del Estado, tendientes a colaborar con la prestación de servicios de salud (a ese destino se prevé destinar el 20% de lo recaudado), con subsidios a pequeñas empresas (iría otro 20%), con becas Progresar para estudiantes (20%), con obras en barrios populares (15%), y con programas de exploración, desarrollo y producción de gas natural (25%).Desde la oposición se advierte que, por un lado, se generarían efectos paradójicos no solo por el agregado de un elemento más de la política económica que desalentaría y frenaría inversiones, sino también desde el punto de vista del Estado y su capacidad recaudatoria, dada la ocurrrencia de hechos como una mayor cantidad de bajas en el régimen tributario que la habitual, explicada por quienes están fijando residencia en otros países. En ese sentido, las reacciones generadas, se señala, dispararían efectos perjudiciales para el país a futuro. Por otro lado, se pone bajo la lupa cuestionadora el hecho de que la contribución se aplicaría sobre todos los bienes, incluyendo los productivos, para los cuales habría que generar incentivos. Si bien se trata de una imposición que quedaría en cabeza de las personas humanas y que no pesaría sobre las jurídicas, lo cierto es que...

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