Ilios S.R.L. S/ Quiebra

Fecha de disposición15 Abril 2010
Fecha de publicación15 Abril 2010
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31883
  1. Edictos Judiciales NUEVAS 3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.

CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS TRIBUNAL DEL TRABAJO NRO. 5

DE SAN MARTIN SECRETARIA UNICA La Presidente del Tribunal del Trabajo N° 5 de San Martín, Dra. Sonia María Ferreyra, Secretaría única, sito en calle Moreno 3929, de la localidad y partido de General San Martín, cita por diez días a A. Spigel y Cia SRL, en los términos de los arts. 145, 146 y 147 del CPCC para que conteste la demanda entablada, en autos caratulados 'Gomez Julio Cesar c/A.Spigel y Cia S.R.L.

y otros s/Despido', bajo apercibimiento de dar intervención Defensor de Ausentes conforme lo dispuesto por el art. 341 del CPCC. Hágase saber que podrá retirar las copias pertinentes dentro de los cinco días a cuyo término comenzará a correr el plazo para evacuar el traslado conferido (art. 16 y 28 ley 11653). El presente debe publicarse por dos días en el 'Boletín Oficial de la República Argentina'. Se deja constancia que la actora goza del beneficio de gratuidad conforme al art. 22 de la ley 11653 y la pertinente factura deberá ser remitida a autos para integrar la oportuna condena de costas.

San Martín, 3 de marzo de 2010.

Liliana D. Lucero, secretaria.

e. 15/04/2010 N° 37121/10 v. 16/04/2010 JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 5

SECRETARIA NRO. 9

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 5, a cargo del Fernando M. Durao, Secretaría N° 09, a cargo de la Dra. Agustina Diaz Cordero, sito en Av. Roque Sáenz Peña 1211, 8° piso de esta Capital Federal, comunica por cinco días que con fecha 17 de marzo de 2010, se decretó la quiebra de Zider Talia designándose como síndico al contador Juan Carlos Caro, con domicilio en Florida 470 Piso 3° '312' Tel: 4328-5191, ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 19/05/2010. El síndico presentará los informes previstos en los arts. 35 y 39 LC los días 1/07/2010 y 11/08/2010. Se intima a la deudora y sus administradores para que cumplimente los siguientes recaudos: a) constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado (LC: 88:7).b) se abstengan de salir del país sin previa autorización del Tribunal (LC 103). Se prohíben los pagos y entrega de bienes a la fallida, so pena de considerarlos ineficaces. Se intima a quienes tengan bienes y documentación de la fallida para que los pongan a disposición del síndico en cinco días.

Buenos Aires, 9 de Abril de 2010.

Agustina Diaz Cordero, secretaria.

2º) Condenar a Virgilio Mancuello,

7º) Registrar, agregar el original al expediente, copia testimoniada al Protocolo respectivo, cursar las comunicaciones correspondientes, y una vez firme la presente, practicar por secretaría el computo de pena fijando fecha de su vencimiento (Artículo 493 del C.P.P.N.), y oportunamente archivar.- Fdo.: Dr. Fermín Amado Ceroleni - Dr.

Víctor Antonio Alonso - Dra. Lucrecia M. Rojas de Badaró - Jueces de Cámara. Ante mí: Dra. Susana Beatriz Campos Secretaria - Tribunal Oral en lo Criminal Federal Corrientes'.

Corrientes, 07 de abril de 2010.

Sebastián Avila, secretario de ejecución.

e. 15/04/2010 Nº 36672/10 v. 21/04/2010 Por disposición de S.SA.Juez de Ejecución ante elTribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes,

Dra. Lucrecia M. Rojas de Badaro, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial, por el término de cinco (5) días, de lo dispuesto en la Sentencia Nº 24 de fecha 12 de Noviembre de 2.009, en la causa caratulada: 'Martínez Velázquez, Daniel y Escalante Alejandro Vicente P/Sup.Inf.articulo 866 ultimo párrafo en función del 864 inc. a) del Código Aduanero', Expediente Nº 599/09, respecto a Daniel Martínez Velazquez, CIP Nº 3.874.778, de nacionalidad paraguayo, de 28 años de edad, de ocupación ayudante de albañil, de estado civil soltero, nacido en la localidad de Humaitá, Departamento General Díaz, Republica del Paraguay, el 06 de Febrero de 1.981, domiciliado en Barrio Santa Librada, de General Díaz, Republica del Paraguay, hijo de Lázaro Martínez y Luciana Velázquez, la que dispone: 'Sentencia Nº 24. Corrientes, 12 de Noviembre de 2.009.- Y Vistos: Por los fundamentos que instruye el Acuerdo precedente; se Resuelve: 1º) Condenar a Daniel Martínez Velazquez, C.I.

7º) Registrar, agregar el original al expediente, copia testimoniada al Protocolo respectivo, comunicar lo aquí resuelto Cámara Nacional de Casación Penal, al Consejo de la Magistratura y al Consulado de la Republica del Paraguay, debiendo cursarse las comunicaciones correspondientes, y una vez firme la presente, practicar por secretaría el computo de pena fijando fecha de su vencimiento (Artículo 493 del C.P.P.N.), y oportunamente archivar.- Fdo.:-- Dra.Lucrecia M.

Rojas de Badaró - -Dr. Víctor Antonio Alonso - Dr.

Fermín Amado Ceroleni- Jueces de Cámara. Ante mí: Dra. Susana Beatriz Campos Secretaria Tribunal Oral en lo Criminal Federal Corrientes'.

Corrientes, 07 de abril de 2010.

Sebastián Avila, secretario de ejecución.

e. 15/04/2010 Nº 36640/10 v. 21/04/2010 Por disposición de S. SA. Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, Dra. Lucrecia M. Rojas de Badaro, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial, por el termino de cinco (5) días, de lo dispuesto en la Sentencia Nº 24 de fecha 12 de Noviembre de 2.009, en la causa caratulada: 'Martínez Velazquez, Daniel y Escalante Alejandro Vicente P/Sup. Int artículo 866 ultimo párrafo en función del 864 inc. a) del Código Aduanero', Expediente Nº 599/09, respecto a Alejandro Vicente Escalante, DNI Nº 29.980.903, de ocupación vendedor ambulante, de nacionalidad argentino, de estado civil soltero, nacido en la Corrientes Capital,

2º) Condenar a Alejandro Vicente Escalante, DNI Nº 29.980.903, ya filiado en autos, a la pena de cuatro (4) años y seis (6) meses de prisión, como coautor penalmente responsable del delito de contrabando de importación, previsto y reprimido por el artículo 866 segunda parte en función del 864 inc. a) de la Ley 22.415, y sus...

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