Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - Sala I, 19 de Abril de 2011, expediente 64.353

Fecha de Resolución19 de Abril de 2011
EmisorSala I

Poder Judicial de la Nación Expediente nro. 64.353 – S.I. –S.. 2

Bahía Blanca, 19 de abril de 2011.

VISTO: Este expediente nro. 64.353 caratulado “IGLESIAS, O.V. c/E.N. (Min. De Defensa) s/Cont. Adm.” (nro. de origen 41.960), venido del Juzgado Federal nro. 2 de la sede, para resolver el recurso de apelación interpuesto a f. 468 contra la resolución de f.

465 y vta.; y CONSIDERANDO:

1ro.) Que mediante la resolución obrante a f. 465 y vta. el señor juez de grado aprobó, en cuanto ha lugar por derecho, la liquidación practicada por la demandada a fs. 459/460 y vta. por la suma de $ 61.361,99 en concepto de intereses adeudados conforme a la sentencia de fs. 426/428, e impuso las costas a la actora vencida.

2do.) Que apeló la parte actora, afirmando que de los términos de la sentencia referida, surge que existe una deuda de USO OFICIAL

intereses que el Estado Nacional debe calcular a la tasa activa; y además, que una vez que se determine el monto que no ha pagado en tiempo y forma, esa suma devenga a su vez intereses moratorios, que también deben calcularse a la tasa activa prevista en la sentencia.

3ro.) Que de las constancias de autos surge: a) que el actor, agente civil de la Armada Argentina, inició este juicio el 27/09/2002 (v.cargo de f. 25 vta.) para obtener el pago del beneficio indemnizatorio adeudado como consecuencia de su retiro voluntario (según ley 25.237,art. 15); que el Servicio Administrativo Financiero de la Armada le notificó el cálculo de la indemnización con fecha 3/05/2001 (v.f. 172 y vta.); que antes de darse traslado de la demanda, cobró su acreencia mediante un cheque por la suma de $

106.801,86 el 20/02/2003 (v.f. 92); que a f. 59 y vta. recondujo la acción, reclamando el pago de los intereses moratorios a la tasa activa; que los percibió calculados a la tasa pasiva el 19/11/2004 por la suma de $ 10.047,87 (v.f. 206).

  1. Que la sentencia de grado hizo parcialmente lugar a la demanda y condenó al Estado Nacional (Ministerio de Defensa) a pagar al actor la diferencia que resulte de calcular, en la etapa de ejecución, los intereses debidos a la tasa activa (desde el 3/05/2001 hasta el...

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