Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 13 de Abril de 1999, expediente P 61258

PonenteJuez LABORDE (SD)
PresidenteLaborde-Pisano-Pettigiani-San Martín-de Lázzari
Fecha de Resolución13 de Abril de 1999
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

DICTAMEN DE LA PROCURACION GENERAL:

La Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de M. condenó a M.A.I. a la pena de cuatro años y seis meses de prisión con accesorias legales y costas por considerarlo autor de robo agravado en poblado y en banda. Art. 167 inc. 2º del Código Penal (v. fs. 136/138 vta.).

Contra este pronunciamiento interpone recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley el Sr. Defensor oficial del encartado (v. fs. 146/148 vta.). Denuncia la violación y errónea aplicación de los arts. 40, 41 y 167 inc. 2º del Código Penal. Pide se encuadre el hecho en el tipo que prevé el art. 164 del Código Penal.

Como viene planteado este recurso no puede prosperar.

Ello así pues el recurrente se desentiende de los fundamentos con que la Alzada desestimó similares planteos formulados en su expresión de agravios (ver fs. 137 vta.).

Es doctrina de V.E. que se ajusta al caso, la que tiene decidido que: "Es insuficiente el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en el que sólo se opone a las afirmaciones de la Cámara argumentos propios del recurrente omitiendo hacerse cargo de las razones esgrimidas en el fallo". (conf. P. 50.019 sent. del 15/2/94).

A mayor abundamiento diré que la discrepancia que plantea en torno a la calificación, no puede reverse sino a través del análisis del aspecto objetivo de la imputación tema no planteado en la oportunidad correspondiente (Arts. 329 y 342 del C.P.P.).

Por lo brevemente expuesto es que propicio que V.E. rechace el recurso interpuesto.

Tal es mi dictamen.

La P., noviembre 13 de 1996 L.M.N.

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a trece de abril de mil novecientos noventa y nueve, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores L. , P. , P. , S.M. , de L. , se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa P. 61.258, "Inchement, M.A.. Robo".

A N T E C E D E N T E S

La Sala Primera de la Cámara de Apelación en lo Criminal y Correccional del Departamento Judicial de M. condenó a M.A.I. a la pena de cuatro años y seis meses de prisión, accesorias legales y costas por ser autor responsable del delito de robo calificado por ser cometido en poblado y en banda.

El señor Defensor Oficial interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley .

Oído el señor S. General, dictada la...

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