Sentencia de Sala 2, 25 de Abril de 2016, expediente CFP 002218/2005/37/CA022

Fecha de Resolución25 de Abril de 2016
EmisorSala 2

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 2218/2005/37/CA22 CCCF - Sala II CFP 2218/2005/37/CA22 “H., F.L. y R., Cristian s/sobreseimiento”

Juzg. Fed. n° 2- Sec. n° 4.-

Buenos Aires, 25 de abril de 2016.-

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I-Que mediante el pronunciamiento que en copia luce a f. 1/12 el Magistrado a quo decidió: I) sobreseer a F.L.H. en relación al hecho por el cual fuera indagado, II) sobreseer a C.R., III) archivar el tramo de la maniobra vinculada al tráfico de influencias, y IV) una vez firme, correr vista a las querellas y al F. en los términos del artículo 346 C.P.P.N. respecto del tramo de la maniobra relativa a los delitos de tentativa de extorsión, cohecho activo y pasivo agravado.

Contra todo lo así resuelto apeló el querellante en autos A.B., lo que motiva la intervención de este Tribunal.

II-Sintéticamente resulta preciso recordar que conviven en este expediente sucesos que han alcanzado un diferente grado de comprobación pero que formarían parte de una misma maniobra extorsiva atribuible a R.M., quien a través de medios coactivos habría intentado conseguir el pago de millonarias sumas de dinero y participación accionaria en la empresa Cablevisión S.A..

Así, por el tramo que involucra la obtención mediante cohecho de resoluciones judiciales adversas contra los accionistas y directores de dicha firma y los funcionarios de “Hicks, M., Tate&Furst”

destinatarios de sus exigencias se encuentran procesados el nombrado M. -si bien a su respecto el trámite se halla suspendido por incapacidad sobreviniente-, su entonces abogado A.M. y los ex magistrados del fuero de instrucción J.M. e I.M., que sucesivamente tuvieron a su cargo la causa n° 78.241/02 “Clutterbuck”.

En este punto se ubica la imputación que se le dirige a F.L.H., quien fue indagado por haber actuado como intermediario de M. frente a los sujetos pasivos de sus reclamos y cuya situación Fecha de firma: 25/04/2016 Firmado por: H.R.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.L.P., Prosecretaria Letrada de Cámara #27936032#151898247#20160425124725643 procesal hasta el dictado del pronunciamiento recurrido era una falta de mérito. En concreto, se le atribuye haber comunicado a funcionarios de “H., M., Tate&Furst” en ciertas reuniones que aquel tenía una gran influencia sobre los tribunales argentinos y haberles anunciado, exhibiendo copia de dictámenes aún no agregados al expediente, la pronta adopción de decisiones jurisdiccionales en su contra.

De otra parte, por el pedido de juicio político formulado ante el Consejo de la Magistratura contra A.B. presumiblemente en razón de la decisión perjudicial a la consecución de aquel objetivo que firmó en el expediente citado como miembro de la Sala IV de la Cámara del Crimen sólo ha sido indagado R.M.. Sin embargo, este tramo de la imputación luego no...

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