Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 16 de Septiembre de 2014, expediente COM 033347/2005

Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2014
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación "HI TEC METER S.R.L. C/ BINGO ORO S.A. Y OTRO S/

ORDINARIO"

Expediente Nº 33347.05 Juzgado Nº 26 - Secretaría Nº 51 Buenos Aires, 2 de julio de 2014.

Y VISTOS:

  1. En mérito a la importancia, calidad, eficacia y extensión de los trabajos desarrollados por los profesionales beneficiarios de la regulación apelada, habiéndose considerado las pautas porcentuales que habitualmente utiliza el Tribunal para casos como el de autos y etapas efectivamente cumplidas, se elevan a ciento nueve mil pesos ($ 109.000) los honorarios de la letrada apoderada de la demandada, Dra. M.A. de la Fuente, y estando apelados sólo por altos, se confirman en doscientos mil pesos ($ 200.000) los USO OFICIAL honorarios del letrado apoderado de la actora, D.S.B.B..

    Por la incidencia de fs. 273, se confirman en dos mil ochocientos sesenta pesos ($ 2.860) los estipendios del Dr. S.B.B.. Por la incidencia de fs. 638, se confirman en dos mil ochocientos sesenta pesos ($

    2.860) los emolumentos del Dr. S.B.B., y en dos mil doscientos noventa pesos ($ 2.290) los de la Dra. M.A. de la Fuente, regulados a fs. 857/8 (arts. 6, 7, 9, 19, 33, 37 y 38 de la ley 21.839 modificada por la ley 24.432).

  2. La estricta aplicación de los mínimos arancelarios dispuestos por la normativa que regula la actividad de los peritos, conduciría a una desproporción entre la retribución correspondiente a la experta designada en autos, y los honorarios fijados al resto de los profesionales intervinientes (arg.

    art. 478 del código procesal).

    En consonancia con lo dispuesto en la norma citada, tiene dicho esta Sala que a los fines de regular honorarios a los peritos intervinientes en la causa, no debe estarse únicamente a las escalas legales establecidas en los respectivos ordenamientos, toda vez que sus emolumentos deben guardar una adecuada proporción con la labor realizada, la cuantía de los intereses en HI TEC METER S.R.L. c/ BINGO ORO S.A. Y OTRO s/ORDINARIO Expediente N° 33347/2005 Fecha de firma: 16/09/2014 Firmado por: MACHIN - GARIBOTTO - VILLANUEVA (JUECES) - BRUNO (SECRETARIO)

    Firmado(ante mi) por: R.F.B., SECRETARIO DE CÁMARA Poder Judicial de la Nación juego y las remuneraciones que pudiera corresponder a los demás profesionales actuantes en el proceso.

    En consecuencia, habida cuenta la tarea profesional cumplida, su utilidad, el tiempo insumido y la naturaleza del asunto, elevan a setenta y cinco mil pesos ($ 75.000) los emolumentos del perito contador, E.G.G...

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