Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata , 3 de Febrero de 2011, expediente 16.974/10

Fecha de Resolución 3 de Febrero de 2011

Poder Judicial de la Nación Plata, 3 de febrero de 2011.

Y VISTOS: este expte. N° 16.974/10, caratulado: “H., J.M. y otro c/ PEN y otros s/ Acc. de Inconst.”, proveniente del Juzgado Federal de Primera Instancia n° 4 de La Plata, Secretaría n° 11.

Y CONSIDERANDO:

I- Vienen las presentes actuaciones en virtud del recurso de apelación deducido en forma subsidiaria a fs. 311/313 por el Banco Credicoop Cooperativo Limitado contra la resolución de fs. 306 por la que se intimó a dicha entidad bancaria a depositar los honorarios correspondientes al letrado de la actora.

Los agravios del recurrente se dirigen a sostener que no existe una obligación solidaria al pago de las costas, sino que los honorarios deben ser soportados en forma mancomunada por las demandadas.

II- Es dable señalar, como esta S. ha sostenido en forma reiterada en situaciones análogas, que resulta extemporáneo el planteo ahora introducido atento que la cuestión costas ha sido objeto de tratamiento en la sentencia y ha adquirido carácter firme (v. sentencia de fs. 211 y vta. y rechazo del recurso extraordinario a fs. 267).

Sin perjuicio de ello, cabe destacar que dicha materia ha sido resuelta por este Tribunal in re “Caratolli, H. jorge c/ Estado Nacional”...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR