Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 5 de Marzo de 2018, expediente CAF 065722/2015/CA001

Fecha de Resolución 5 de Marzo de 2018
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL-

SALA I Causa nº 65722/2015, “HELLMANN WORLDWIDE LOGISTICS SA c/ EN-DGA s/CODIGO ADUANERO - LEY 22415 - ART 70”

Buenos Aires, de de 2018.-

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que la firma Hellmann Worldwide Logística S.A. apeló la resolución nº 144/15, del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación, que rechazó la impugnación deducida contra la resolución nº

    197/13 (SDG OAM) mediante la cual se le impuso la sanción disciplinaria de cinco (5) días de suspensión en el Registro de Agentes de Transporte Aduanero (artículo 64, apartado 1, inciso b) del Código Aduanero).

  2. Que la administración fundó dicha sanción en que la firma actora había presentado en forma extemporánea el manifiesto marítimo de importación nº 06 0001 MANI 053118 S, incumpliendo la resolución nº 630/94 (ex ANA) y modificatorias.

  3. Que, contra esa decisión, la actora interpuso el recurso de apelación previsto en el art. 70 del Código Aduanero (v. fs. 2/13 vta.; contestado a fs. 129/135 vta.).

    Sostuvo, en lo esencial, que:

    (i) no medió inconducta reiterada o falta grave en el ejercicio de sus funciones como auxiliar del servicio aduanero.

    (ii) la aduana no analizó seriamente la supuesta falta cometida y no hay proporcionalidad con la sanción impuesta.

    (iii) la comisión de la infracción tipificada en el artículo 994 del Código Aduanero no implica, de forma automática, la aplicación de una sanción disciplinaria.

    (v) por último, plantea la inconstitucionalidad de los artículos 61 apartado 2, 70 y 994 del Código Aduanero.

    Fecha de firma: 05/03/2018 Alta en sistema: 06/03/2018 Firmado por: CLARA M.D.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.E.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G. (EN DISIDENCIA), JUEZ DE CAMARA #27708079#198336957#20180228093540142 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL-

    SALA I Causa nº 65722/2015, “HELLMANN WORLDWIDE LOGISTICS SA c/ EN-DGA s/CODIGO ADUANERO - LEY 22415 - ART 70”

  4. Que, asimismo, solicitó el dictado de una medida cautelar para que se suspenda la ejecución de la sanción. Esa petición fue acogida por este tribunal (v. pronunciamiento del 7 de julio de 2016; fs.

    86 y vta.).

  5. Que el señor fiscal general se pronunció sobre la competencia del tribunal, la admisibilidad formal del recurso y los planteos de inconstitucionalidad (fs. 107/112).

  6. Que el artículo 61, apartado 2º, del Código Aduanero dispone: “Serán sancionados con la suspensión en el Registro de Agentes de Transporte Aduanero, de conformidad con el procedimiento...

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