Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 10 de Julio de 2017, expediente CFP 009693/2015/2/CA001

Fecha de Resolución10 de Julio de 2017
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 9693/2015/2/CA1 CCCF – Sala II CFP 9693/2015/2/CA1 “H. P., F. d.M. s/ excarcelación”.

J.. Fed. n° 2 – S.. n° 4.

Buenos Aires, 10 de julio de 2017.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I- Las presentes actuaciones se encuentran a estudio del Tribunal en virtud del recurso de apelación presentado por el Dr.

J.J.V., defensor de F. d.M.H.P., contra la decisión obrante a fs.

4/7 de la incidencia por la cual el Sr. Juez de grado no hizo lugar a la excarcelación de la nombrada.

II- El recurrente apeló en tiempo y forma, y presentó escrito en cumplimiento de la audiencia prevista en el artículo 454 del ordenamiento procesal (fs. 9/11 y 16/18 de este legajo).

III- Esta Sala sostiene que la gravedad del hecho y la consiguiente amenaza de pena que enfrenta el imputado resultan un dato de relevancia a la hora de evaluar la posibilidad de que se fugue o entorpezca la investigación (conf. causa n° 27.501 “L.”, reg. n° 29.367 del 29/12/08, causa n° 27.594 “L.C.”, reg. n° 29.654 del 23/3/09 y causa n° 27.740 “Cullari”, reg. n° 29.705 del 1/4/09, entre muchas otras).

Y el reciente dictado del procesamiento con prisión preventiva de H.P. en orden al delito previsto en el artículo 5°, inc.

C

, agravado por el artículo 11, inc. “C”, de la ley 23.737 resulta ser un factor que será tenido en cuenta a estos efectos; máxime cuando determina que ante una eventual condena en autos ésta habrá de ser de cumplimiento efectivo (fs. 1.089/1.110 del ppal.).

Debe repararse, por otra parte, que en los diversos allanamientos que se realizaron en distintas casas del asentamiento denominado “V. 31 bis” de esta ciudad, se secuestró cantidad de material estupefaciente, dinero en billetes de distinta denominación -suma cercana a los $ 90.000, lo que denota las posibilidades económicas con que cuentan para una eventual fuga-, balanzas, cuchillos, rollos de bolsas de nylon, Fecha de firma: 10/07/2017 Alta en sistema: 11/07/2017 Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.L.P., Prosecretaria Letrada de Cámara #30041762#183556050#20170710115447830 teléfonos celulares y un arma de fuego -“G.” calibre 22, numeración visible 9684- así como municiones -cartuchos de bala calibre 22 y calibre 32- (conf. fs. 872/884, 885/903, 904/916 y 954/966), sin que se pueda descartar aún -conforme expuso el magistrado de la anterior instancia-, la intervención de terceras personas en...

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