Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 4 de Mayo de 2016, expediente Rp 126991

PresidenteGenoud-Negri-Pettigiani-de Lázzari
Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2016
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
  1. 126.991-RC - “Grupo Farallon Desarrollos Inmobiliarios S.A.; Bricons S.A.I.C.F.I.; P.S.; Construcciones Malaga S.A. en causa N.. 19.807 de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de M., S.I..

    ///Plata, 4 de mayo de 2016.-

    AUTOS Y VISTOS:

    La presente causa P. 126.991-RC, caratulada: “Grupo Farallon Desarrollos Inmobiliarios S.A.; Bricons S.A.I.C.F.I.; P.S.; Construcciones Malaga S.A. en causa N.. 19.807 de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de M., S.I.,

    Y CONSIDERANDO:

    1. - La Sala III de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de M., por auto dictado el 22 de marzo de 2016, admitió los recursos extraordinarios de inaplicabilidad de ley y nulidad articulados por el doctor J.I.M., en su carácter de apoderado de la firma “Grupo Farallón Desarrollos Inmobiliarios S.A.- Bricons S.A.I.C.F.I.- P.S.- Construcciones Málaga S.A.- U.T.E.”, con el patrocinio letrado del doctor F.M.A. (fs. 12/16 del legajo recursivo).

    2. - Más allá de cualquier consideración que pudiera efectuarse en cuanto a la fundamentación del resolutorio en crisis (que habilitaría su declaración de nulidad, conforme los fundamentos expuestos en P. 125.340, res. del 19/II/2015; P. 125.420, res. del 26/III/2015; P. 125.431, res. del 15/IV/2015; P. 125.496, res. del 6/V/2015; P. 125.479, res. del 10/VI/2015; P.125.727, res. del 8/VII/2015; P. 125.771, res. del 19/VIII/2015; P. 125.654, res. del 9/IX/2015; entre otras), cabe destacar que es doctrina de este Cuerpo que a partir del dictado de la ley 13.812 el rol de órgano intermedio de ineludible intervención previa a esta Suprema Corte en materia de faltas y contravenciones, corresponde a las Cámaras de Apelación y Garantías Departamentales (cfe. P. 106.977, P.107.269 y P. 107.267, res. 14/VII/2010; P.106.161, res. 22/XII/2010; P. 108.505, res. 6/X/2010; P.113.217, res. 16/II/2011; P. 111.939 y acum. P. 111.940, res. 30/III/2011; P. 110.194, res. 6/IV/2011; P. 116.706, res...

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