Sentencia de Sala II, 6 de Agosto de 2012, expediente 32.021

Fecha de Resolución 6 de Agosto de 2012
EmisorSala II

Poder Judicial de la Nación Sala II – Causa n° 32.021 “G.,

S.M. s/ falta de mérito”.

J.. Fed. n° 5 – S.. n° 9.

E.. n° 1787/2007/157.

R.. n° 34.860

Buenos Aires, 6 de agosto de 2012.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I- Contra el auto que en copias luce a fs. 4, que denegó la petición de la defensa de S.G. de que se revierta el procesamiento oportunamente dispuesto con relación al nombrado, decretándose su falta de mérito (vid. fs. 1/3), esa USO OFICIAL

parte –representada por el Dr. A.A.E.M.- dedujo recurso de apelación, que fue concedido.

II- El criterio que intenta someterse a revisión de la Alzada únicamente mantuvo una situación ya declarada y homologada en el sumario.

Siendo eso así, como se transita una etapa escasamente contradictoria y no surgen del legajo elementos nuevos que –de forma evidente-

modifiquen el cuadro oportunamente valorado en ocasión de confirmar el procesamiento de S.G. por el delito de integrar una asociación ilícita (causa n° 30.220, reg. n° 33.046 del 21/6/2011), debe concluirse que la pretensión de la defensa no es procedente, máxime cuando, llegado el caso, tendrá oportunidad de discutir si existe mérito o no para avanzar hacia la instancia oral con respecto a su asistido (conf. arts. 346, 347, 348, 349 y sgtes. del C.P.P.N.).

En estas condiciones no concurre gravamen irreparable que habilite la vía impulsada, por lo que corresponde homologar lo decidido, lo que ASÍ

SE

RESUELVE:

.

R., devuélvase los cuerpos del expediente principal recibidos en esta Alzada, hágase saber al Sr. Fiscal General y remítase a la anterior instancia, donde deberán efectuarse las restantes notificaciones a que hubiere lugar.

Fdo: Horacio Rolando Cattani- Martín Irurzun- Eduardo G.

Farah.-

Ante mi: N.A.P.. Secretario de Cámara.-

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