Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 31 de Mayo de 2011, expediente 29.696/05

Fecha de Resolución31 de Mayo de 2011

Poder Judicial de la Nación TS06D 62939 31-05-11

SALA VI

EXPTE. Nº 29.696/05 JUZGADO Nº 51

AUTOS. “G.V.P. Y OTRO C/ NEW NORTH S.A. Y OTRO S/

DESPIDO”

Buenos Aires, de de 2011.

EL DOCTOR J.C.F.M. DIJO:

  1. Llegan los autos a esta alzada con motivo de los agravios que, contra la sentencia de primera instancia de fs. 428/432, interpusiera las partes codemandadas “NEW NORTH S.A.” y H.R.B. a tenor de los memoriales obrantes a fs. 428/432 y 442. También apela la regulación de honorarios dispuesta a favor de la representación letrada de la parte actora, a la representación y patrocinio letrada de la parte codemandada H.R.B. y del perito contador por considerarla elevada, mientras que este último lo hace a fs. 437 por estimar reducida la fijada a su favor.

  2. En primer lugar, la queja desarrollada por la parte codemandada “NEW

    NORTH S.A.” en cuanto al despido incausado incurre en deserción ya que no constituye una crítica concreta, razonada y pormenorizada de la totalidad de los argumentos traídos por el sentenciante de grado en los términos que exige el art.

    116 de la L.O., sino que se limitan a manifestar su disconformidad con la solución propuesta sin aportar elementos de convicción que permitan modificar el fallo de primera instancia.

    En segundo término, se agravia porque el sentenciante consideró procedente la indemnización del art. 2 de la ley 25.323. No le asiste razón a la queja desde que las indemnizaciones derivadas del despido indirecto no fueron abonadas y en consecuencia obligaron a las actoras a que, previa intimación fehaciente al pago,

    debieron iniciar el presente litigio para que le fuera satisfecho su crédito.

  3. Por otra parte, el codemandado H.R.B. apela la imposición de las costas dispuesta en el orden causa. Toda vez que advierto en la causa motivos que justifiquen apartarse del principio general de la derrota establecido por el art. 68 del C.P.C.C.N. estimo ajustada a derecho la solución dispuesta en este aspecto. Por lo que, corresponde su confirmación.

  4. Por otro lado, la codemandada “NEW NORTH S.A.” apela la regulación de honorarios dispuesta a favor de la representación letrada de la parte actora, a la representación y patrocinio letrada de la parte codemandada H.R.B. y del perito contador por considerarla elevada, mientras que este último lo hace por estimar reducida la fijada a su favor. Por ello, teniendo en cuenta la naturaleza, mérito, alcance, tiempo y calidad de las labores desarrolladas por los profesionales...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR