Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala I, 28 de Abril de 2021, expediente CCF 006441/2019/CA001

Fecha de Resolución28 de Abril de 2021
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I

Causa CCF 6441/2019 S.I. “GONZÁLEZ, H.A. c/

OSPOCE Y OTRO s/ AMPARO DE SALUD”

Juzgado N° 4

Secretaría N° 8

Buenos Aires, de diciembre de 2020.

Y VISTO:

El recurso de apelación interpuesto y fundado digitalmente por

OSPOCE, cuyos agravios fueron contestados por la actora, contra la sentencia

dictada el 25/9/2020 a fs. 154/158, y CONSIDERANDO:

  1. El señor J. hizo lugar a la acción de amparo interpuesta y, en

    consecuencia, condenó a OSPOCE y S.M.S. a mantener la afiliación

    del actor, su cónyuge y su nieto en el Plan OPSM01. Asimismo, dispuso que tal

    afiliación debe realizarse con los aportes que efectúe la actora de conformidad con

    lo establecido por el art. 16 de la ley 19.032 y 20 de la ley 23.660, los se derivarán

    a la obra social, debiendo el accionante cumplir con el aporte adicional a Swiss

    Medical S.A. por el Plan OPSM01. Las costas fueron impuestas a las demandadas

    vencidas.

  2. Este pronunciamiento se encuentra apelado por OSPOCE.

    OSPOCE argumenta que no existe responsabilidad de su parte por

    no haber mediado acto arbitrario hacia la amparista. En tal sentido, señala que los

    fundamentos expuestos en el fallo resultan contrarios a derecho y a la lógica

    jurídica por considerar que las valoraciones y conclusiones responden

    exclusivamente a la postura de la parte actora, sin efectuar consideraciones

    siquiera liminares a las pruebas aportadas por los demandados.

    Sostiene la imposibilidad legal de incorporar al actor por no

    encontrarse inscripta en el Registro de Agentes del Sistema Nacional del Seguro

    para la atención médica de jubilados y pensionados, creado por los decretos

    292/95 y 492/95. Asimismo, se queja de que se la compela a brindar un plan

    ofrecido por un tercero. A ello agrega que los recursos correspondientes al

    amparista se destinan al INSSJP, por lo que cuestiona que se la obligue a brindar

    servicios a un afiliado sin la correspondiente contraprestación económica.

    Finalmente, se agravia de la imposición de costas a su cargo

    decidida y apela por altos los honorarios regulados al letrado del actor.

    Swiss Medical S.A. apela por altos los honorarios regulados al

    actor.

    Fecha de firma: 28/04/2021

    Alta en sistema: 29/04/2021

    Firmado por: A.S.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: F.A.U., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.D.G., JUEZ DE CAMARA

    Asimismo, el abogado de la parte actora presentó apelación contra

    la regulación de sus honorarios por considerarlos exiguos.

  3. Ello sentado, y sin perjuicio de lo resuelto anteriormente en

    casos que guardaban alguna analogía con cuestiones aquí debatidas, resulta

    apropiado poner de manifiesto que el aumento progresivo de causas en las que se

    demanda la reafiliación a obra sociales y/o empresas de salud en situaciones que

    difieren entre sí, obliga a examinar las pretensiones deducidas en ellas

    circunstanciadamente, a fin de evitar la remisión a pautas de excesiva laxitud, o a

    precedentes que no se adecuan a las particularidades del litigio.

    En ese sentido, es conveniente advertir que, dada la naturaleza del

    derecho a la salud y la crisis por la que atraviesa el sistema previsional, cobra

    mayor...

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