Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala I, 28 de Abril de 2021, expediente CCF 006441/2019/CA001
Fecha de Resolución | 28 de Abril de 2021 |
Emisor | Camara Civil y Comercial Federal- Sala I |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I
Causa CCF 6441/2019 S.I. “GONZÁLEZ, H.A. c/
OSPOCE Y OTRO s/ AMPARO DE SALUD”
Juzgado N° 4
Secretaría N° 8
Buenos Aires, de diciembre de 2020.
Y VISTO:
El recurso de apelación interpuesto y fundado digitalmente por
OSPOCE, cuyos agravios fueron contestados por la actora, contra la sentencia
dictada el 25/9/2020 a fs. 154/158, y CONSIDERANDO:
-
El señor J. hizo lugar a la acción de amparo interpuesta y, en
consecuencia, condenó a OSPOCE y S.M.S. a mantener la afiliación
del actor, su cónyuge y su nieto en el Plan OPSM01. Asimismo, dispuso que tal
afiliación debe realizarse con los aportes que efectúe la actora de conformidad con
lo establecido por el art. 16 de la ley 19.032 y 20 de la ley 23.660, los se derivarán
a la obra social, debiendo el accionante cumplir con el aporte adicional a Swiss
Medical S.A. por el Plan OPSM01. Las costas fueron impuestas a las demandadas
vencidas.
-
Este pronunciamiento se encuentra apelado por OSPOCE.
OSPOCE argumenta que no existe responsabilidad de su parte por
no haber mediado acto arbitrario hacia la amparista. En tal sentido, señala que los
fundamentos expuestos en el fallo resultan contrarios a derecho y a la lógica
jurídica por considerar que las valoraciones y conclusiones responden
exclusivamente a la postura de la parte actora, sin efectuar consideraciones
siquiera liminares a las pruebas aportadas por los demandados.
Sostiene la imposibilidad legal de incorporar al actor por no
encontrarse inscripta en el Registro de Agentes del Sistema Nacional del Seguro
para la atención médica de jubilados y pensionados, creado por los decretos
292/95 y 492/95. Asimismo, se queja de que se la compela a brindar un plan
ofrecido por un tercero. A ello agrega que los recursos correspondientes al
amparista se destinan al INSSJP, por lo que cuestiona que se la obligue a brindar
servicios a un afiliado sin la correspondiente contraprestación económica.
Finalmente, se agravia de la imposición de costas a su cargo
decidida y apela por altos los honorarios regulados al letrado del actor.
Swiss Medical S.A. apela por altos los honorarios regulados al
actor.
Fecha de firma: 28/04/2021
Alta en sistema: 29/04/2021
Firmado por: A.S.G., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: F.A.U., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: E.D.G., JUEZ DE CAMARA
Asimismo, el abogado de la parte actora presentó apelación contra
la regulación de sus honorarios por considerarlos exiguos.
-
Ello sentado, y sin perjuicio de lo resuelto anteriormente en
casos que guardaban alguna analogía con cuestiones aquí debatidas, resulta
apropiado poner de manifiesto que el aumento progresivo de causas en las que se
demanda la reafiliación a obra sociales y/o empresas de salud en situaciones que
difieren entre sí, obliga a examinar las pretensiones deducidas en ellas
circunstanciadamente, a fin de evitar la remisión a pautas de excesiva laxitud, o a
precedentes que no se adecuan a las particularidades del litigio.
En ese sentido, es conveniente advertir que, dada la naturaleza del
derecho a la salud y la crisis por la que atraviesa el sistema previsional, cobra
mayor...
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