Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 12 de Febrero de 2021, expediente CNT 071280/2017/CA001

Fecha de Resolución12 de Febrero de 2021
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX

Causa N°: 71280/2017 - GONZALEZ GUEBARA, SAVINO c/ METALURGICA IAR S.A. Y

OTROS s/DESPIDO

En la Ciudad de Buenos Aires, el 10-2-2021

para dictar sentencia en los autos caratulados: " GONZALEZ GUEBARA

SAVINO C/ METALURGICA IAR S.A Y OTROS S/ DESPIDO" se procede a votar en el siguiente orden:

El D.M.S.F. dijo:

  1. Contra la sentencia de primera instancia se alza el codemandado E.P.R. a tenor del memorial obrante a fs. 545/553, mereciendo réplica de su contraria según constancia de fs. 557/565.

    A fs. 539 la representación letrada de la parte actora apela sus honorarios por considerarlos reducidos.

  2. En primer lugar analizaré el agravio esbozado por el codemandado, dirigido a cuestionar el fallo de grado anterior en cuanto el Sr. juez consideró acreditado mediante la prueba testimonial la realización por parte del actor de horas extras y los pagos fuera de registro (ver apelación punto I y II).

    Estimo que la queja no debe prosperar.

    L., cabe señalar que el sentenciante de grado receptó favorablemente ambos aspectos del reclamo con sustento en las declaraciones testimoniales de Sandoval (fs.392/394), N. (fs. 397/398), E.M. (fs.395/396) y D.

    Moreira (400/402) quienes declararon a propuesta del accionante y que, a mi juicio, han sido valorados en sana crítica y en términos que comparto (cfr. arts. 90 de la LO y 386 y 456 del CPCCN).

    Dicho esto, la argumentación recursiva encuentra un obstáculo insalvable en la formulación meramente dogmática de la misma, ya que lejos de ser concreta, específica y razonada como lo exige la norma adjetiva (art. 116 L.O.),

    conteniendo el imprescindible detalle de los motivos que justifican la queja y por oposición, la acertada formulación de la postura que se pretende sostener -con la indicación de las Fecha de firma: 12/02/2021

    Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA - SALA IX

    Firmado por: G.F.M., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: R.C.P., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX

    pruebas y normas jurídicas que el apelante estime lo asisten-, se reduce en cambio, a una manifestación subjetiva de disconformidad con lo resuelto por la juzgadora, ineficaz para revertir la solución arribada en el fallo de grado anterior.

    Nótese que no se advierte cuestionada, la inexistencia de elemento de prueba alguno, sino que el codemandado se limita a manifestar que el actor habría omitido demostrar tanto la realización de horas extraordinarias como así también la percepción de sumas fuera de registro.

    Cabe aclarar que todos los testigos eran compañeros de trabajo del actor, y han sido claros en relación a que este prestaba servicios en horarios extraordinarios, trabajando en ocasiones los días domingos y feriados como así también han dado certeza sobre el cobro sumas no registradas, estableciendo todos ellos de qué manera se llevaban a cabo dichos pagos.

    Por todo lo expuesto, propongo rechazar el agravio bajo análisis.

    III- En su escrito recursivo la codemandada apela en segundo término la remuneración que corresponde utilizar como base de cálculo para efecturar la liquidación de condena.

    Estimo que la misma debe prosperar.

    Ello por cuanto, si bien el trabajador denunció en su escrito de inicio estar registrado incorrectamente con la categoría de Operario Especializado cuando en realidad le correspondía por aplicación del CCT 260/756 el de Oficial, llega firme a esta instancia que, como lo manifestó el S.J. a quo, el actor en su escrito inicial no se atribuyó la realización de ninguno de los trabajos que...

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