Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 1, 6 de Febrero de 2023, expediente CSS 024284/2021/CA001

Fecha de Resolución 6 de Febrero de 2023
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1

Expte nº: 24284/2021 CGM

Autos: “GONZALEZ, C.A. c/ ANSES s/RETIRO POR

INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)”

Sentencia Definitiva del Expte. Nº 24284/2021

Buenos Aires,

AUTOS Y VISTOS:

  1. Contra el dictamen de la Comisión Médica Central, que estima que la incapacidad del recurrente no alcanza los valores previstos en el art. 48 de la ley 24.241 para acceder al Retiro Transitorio por Invalidez, se deduce recurso de apelación, por lo que corresponde la apertura de la instancia (arts. 48, 49, apartado 3 de la ley 24.241).

  2. Como medida para mejor proveer, fueron remitidas las actuaciones al Cuerpo Médico Forense para que se sirviera estimar el grado de incapacidad en el que está

    afectado el Sr. G., C.A. desde el punto de vista previsional.

    Del informe llevado a cabo por los facultativos médicos designados en autos, surge que las patologías que padece el actor: Artroplastia Rodilla Derecha con Moderada Limitación Funcional. Hipertensión arterial Estadio

  3. Diabetes Estadio

  4. Limitación Funcional Rodilla Izquierda. Cicatrices que alteran significativamente la anatomía. Reacción Vivencial Anormal Neurótica Grado

  5. Cáncer de Colon operado y resecado sin compromiso del estado nutricional y funcional. Las mencionadas patologías sumadas a los factores complementarios le provocan una incapacidad del 81,65% .

    Asimismo el Cuerpo Médico Forense amplía el informe añadiendo “Como explica el Baremo Nacional Decreto N|° 478/98 los Factores Complementarios no se utilizan ya que las patologías presentes del peticionante alcanzan un porcentaje superior al 66%”.

    CONCLUSIONES: Después del análisis de las constancias obrantes en el expediente, así como de la Historia Clínica, el interrogatorio y el examen físico realizado, (el peticionante fue evaluado en forma presencial el 04/10/2022), el Cuerpo Médico Forense informa, que el Sr. GONZÁLEZ,

    C.A. presenta una incapacidad física permanente del 72,58% según Baremo Nacional vigente.

    El mencionado dictamen, del que se corriera traslado a las partes y fuere observado por la demandada, cumple con los requisitos del art. 472 del C.P.C.C.N. y tienen plena eficacia probatoria en los términos del art. 477 del mismo código.

  6. No obsta a tal conclusión las observaciones que de dicho informe le merecen a la parte demandada, habida cuenta los estudios especializados que lo avalan y dan sustento, así como su mayor actualidad y prevalencia que en principio cabe...

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