Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - CAMARA FEDERAL DE BAHÍA BLANCA, 13 de Septiembre de 2019, expediente FBB 004455/2018/CA001
Número de expediente | FBB 004455/2018/CA001 |
Fecha | 13 Septiembre 2019 |
Número de registro | 244300658 |
Poder Judicial de la Nación Expte. nro. FBB 4455/2018/CA1 – S.I.–.S.. 1 Bahía Blanca, de septiembre de 2019.
VISTO: Este expediente nro. FBB 4455/2018/CA1, caratulado: “G.O.,
G. c/ Estado Nacional (Ministerio de D.ensa) – EJERCITO ARG. s/
Suplementos Fuerzas Armadas y de Seguridad”, venido del Juzgado Federal nro. 2 de
la sede, puesto al acuerdo para resolver el recurso de apelación interpuesto a f. 51
contra la sentencia de fs. 46/50.
El señor Juez de Cámara, doctor P.E.L., dijo:
1ro.) La sentencia de grado hizo lugar parcialmente a la acción
entablada por el actor contra el Estado Nacional, y condenó a abonar al actor las
diferencias salariales que resulten de la liquidación retroactiva. Asimismo fijó por las
sumas que se adeuden la tasa de interés activa que cobra el Banco de la Nación
Argentina en sus operaciones comunes de descuento desde que las mismas fueron
debidas y hasta el momento de su efectivo pago. Declaró prescriptas las sumas
devengadas con anterioridad a los cinco años o dos años, de la fecha de interposición
de la demanda (7/03/2018, v. f. 16vta.) en los términos de los arts. 4037 C.C. y 2562
del C.C. y C.N. dependiendo de la fecha en que se generó la diferencia que se reclama
la que deberá tenerse en cuenta al tiempo de practicar la pertinente liquidación.
Impuso las costas a la demandada vencida y difirió la regulación de honorarios.
2do.) A f. 51 apeló el representante del Estado Nacional, y a fs.
55/61 expresó agravios.
Sostiene que mediante el decreto 1305/12 se estableció una
restructuración del haber mensual del personal militar en actividad de las fuerzas
armadas que consta de un aumento en la escala salarial de cada uno de los grados que
integran las jerarquías militares, creando dos suplementos particulares (por
responsabilidad jerárquica y por administración del material) y el otorgamiento de una
suma fija transitoria para compensar los casos en que el personal militar en actividad
por aplicación de la nueva escala salarial, perciba
una retribución inferior a la que venía percibiendo.
Aclara que el decreto 1305/12 no otorga ningún aumento a la
generalidad del personal militar, sino que garantiza que ningún beneficiario perciba un
salario menor del que ya viene percibiendo y que la norma limita la capacidad de
percepción del suplemento al 35% (en relación al Suplemento por responsabilidad
jerárquica) y que no puede exceder del 55% (con respecto al Suplemento por
Fecha de firma: 13/09/2019 Alta en sistema: 16/09/2019 Firmado por: P.E.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.S.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: CONSTANZA L. ROMANO, Secretaria #31368844#244300658#20190913140837498 Poder Judicial de la Nación Expte. nro. FBB 4455/2018/CA1 – S.I.–.S.. 1 administración del material) del total de los miembros de cada fuerza, tratándose
entonces de suplementos particulares, que se percibirán mientras se cumpla con la
función específica para la cual fue instituido.
Y que la suma fija establecida en el art. 5º del...
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