Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 15 de Octubre de 2019, expediente CAF 022567/2012/CA001

Fecha de Resolución15 de Octubre de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 22567/2012 G.G.C. Y OTROS c/ EN-Mº

SEGURIDAD-GN-DTO 2769/93 927/11 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG Juzg. 2 Buenos Aires, de de 2019.- HG Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que la demandada recurre la providencia de fs. 224 por la que, tras aprobar en cuanto ha lugar por derecho la liquidación de fs. 163/164 el juez titular del juzgado nº 2 le requirió que: a)

    informe si dispone de crédito presupuestario para cancelar la deuda de capital de condena del señor E.P. por la suma de $ 157.060,56, “firme reconocida” en este juicio, ya sea en el presupuesto de ese año o en el próximo; b) en caso afirmativo, informe en qué tiempo razonable se efectuará el pago; y c) en su defecto, acredite haber cursado la comunicación prevista en el primer párrafo del art. 22 de la ley 23.982 (conf. apelación de fs. 225/228, concedida en subsidio de la revocatoria desestimada a fs. 229 que no fue objeto de réplica).

    Como sustento de su apelación, el recurrente dijo que no ha desoído una intimación previa y que la Dirección de Asuntos Jurídicos recibe diariamente una gran cantidad de expedientes judiciales como así también oficios y otros requerimientos que genera un gran cúmulo de tareas.

    Añadió que cuando se dispone una intimación el objetivo principal es vencer la voluntad renuente o reticente del deudor, situación que no se condice con la realidad de los hechos.

    Y solicitó que se practique una reliquidación de la deuda que debe afrontar por entender que el cálculo aprobado no se ajusta a los parámetros fijados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente “Z..

  2. Que así planteada la cuestión, y aun con el amplio criterio que pregona esta sala a la hora de examinar las expresiones de agravios (causas “Escobar”, “Suazo”, “E.N.- C.N.R.T. disp.

    Fecha de firma: 15/10/2019 Alta en sistema: 17/10/2019 Firmado por: DRA. DO PICO - DRA. HEILAND - DR. FACIO - , JUECES DE CÁMARA - - H. GERDING SECRETARIO #10967794#240167962#20191001141432588 7964 y otra”, “Ferla” y “G., pronunciamientos del 20 de...

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