Giurisdizione e competenza nella Convenzione di Montreal del 1999
Autor | Michelle M. Comenale Pinto |
Cargo | Profesor Ordinario de Derecho de la Navegación de la Universidad de Sassari, República de Italia; miembro de la Asociación Latino Americana de Derecho Aeronáutico y Espacial (ALADA). |
Páginas | 28-41 |
28
REVISTA de Derecho Privado
GIURISDIZIONE E COMPETENZA
NELLA CONVENZIONE DI
MONTREAL DEL 19991
JURISDICTION AND COMPETENCE IN THE
MONTREAL CONVENTION OF 1999
Michelle M. Comenale Pinto2
RESUMEN:
El trabajo se centra en el problema de la jurisdicción dentro de las disposiciones especí-
cas dictadas por el régimen de ley uniforme para el transporte aéreo, especícamente
al régimen del Convenio de Montreal del 28 de mayo de 1999 y a las correspondientes
soluciones del Convenio de Varsovia del 12 de octubre de 1929, que constituyeron el
trasfondo. Estas normas se reeren especícamente a las acciones de responsabilidad
contra la compañía aérea que se rigen por los textos de ley uniforme que las contienen,
pero no las que puedan ejercitarse por otro motivo, o contra distintos sujetos, ni las que
el propio transportista pueda ejercitar contra el remitente. o contra el pasajero que le
causó daño con su propio comportamiento.
ABSTRACT
e work focuses on the problem of jurisdiction within the specic provisions dictated by the
uniform law regime for air transport, specically the regime of the Montreal Convention of May
28, 1999 and the corresponding solutions of the Warsaw Convention of 12 October 1929, which
formed the background. ese rules specically refer to liability actions against the airline that
are governed by the uniform law texts that contain them, but not those that can be exercised
for any other reason, or against dierent subjects, nor those that the carrier itself may exercise.
against the sender. or against the passenger who caused him harm with his own behavior.
PALABRAS CLAVE: Jurisdicción, Transporte Aéreo, responsabilidad, daños a los pasajeros.
KEY WORDS: Jurisdiction, Air Transport, responsibility, damages to passengers.
1 NOTA DEL EDITOR: El presente artículo fue presentado como ponencia en las XL jornadas Latino Americanas de Derecho Aeronáutico y Espacial,
celebradas en Mendoza, Argentina, durante los días 24, 25 y 26 de agosto de 2016. Se reproduce con la autorización de su autor, y las actualizaciones
pertinentes insertadas por el mismo.
2 Profesor Ordinario de Derecho de la Navegación de la Universidad de Sassari, República de Italia; miembro de la Asociación Latino Americana de
Derecho Aeronáutico y Espacial (ALADA).
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