Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - SALA E - CAMARA EN LO COMERCIAL, 30 de Diciembre de 2013, expediente 30195/13

Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2013
EmisorSALA E - CAMARA EN LO COMERCIAL

Poder Judicial de la Nación GIRASOLES DEL SUR S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO S/ INCIDENTE DE VERIFICACIÓN TARDIA (POR M.D.C.G.. DE SERVICIOS S.A.)

30195/13 J.. 5 S.. 9 14-13-15 Buenos Aires, 30 de diciembre de 2013.

Y VISTOS:

De conformidad con lo normado por el art. 287 de la ley 24.522, en los incidentes de verificación como el presente, deben regularse los honorarios de acuerdo a lo previsto para los incidentes por las respectivas leyes USO OFICIAL arancelarias locales.

Sentado ello, habida cuenta la labor profesional cumplida, su calidad, eficacia y extensión, y considerando como base regulatoria el monto del crédito sujeto a verificación, se reducen a SEIS MIL SETECIENTOS SESENTA PESOS ($ 6.760) los honorarios regulados en favor del síndico, contador Héctor E.

Grun; y se elevan a DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS ($ 16.895) los de su letrado patrocinante, doctor E.A.T. (arts. 6, 7, 9 y 33 ley 21.839, mod. por ley 24.432).

Comuníquese (cfr. Acordada C.S.J.N. N° 15/13).

Firman...

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