Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 13 de Marzo de 2017, expediente CNT 027020/2015/CA001

Fecha de Resolución13 de Marzo de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA X 27020/2015 GIMENEZ, F.N. c/ DELTA COMPRESION S.R.L. s/DESPIDO CABA, 13 de marzo de 2017.- SD VISTO:

La aclaratoria interpuesta –en tiempo y forma- por la demandada a fs.

419/vta. contra la sentencia definitiva dictada por este Tribunal a fs. 413/417vta. con fecha 09 de febrero de 2017.

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que la recurrente alega que en el fallo de alzada se omitió tratar el hecho que su parte abonó al actor en 2 oportunidades la liquidación final ($ 5.700 el 30/01/2015 y $ 5.700 el 02/02/2015) conforme surge de la pericial contable. Por ello considera que corresponde reducir el importe diferido a condena a $ 19.489.98 tal como lo planteó en su apelación en esta instancia y que –reitera- se ha omitido tratar.

  2. ) Que, conforme a lo dispuesto por el art. 99 de la L.O., el juez o la Cámara podrán corregir cualquier error material, aclarar algún concepto oscuro sin alterar lo sustancial de la decisión y suplir cualquier omisión en que se haya incurrido respecto de alguna de las pretensiones deducidas y discutidas entre las partes.

Desde tal perspectiva normativa, la cuestión planteada no queda enmarcada en los supuestos previstos por el citado artículo que deban resolverse por vía de aclaratoria al resaltar que el escrito de apelación y su expresión de agravios al que hace referencia la presentante fue desestimado en grado por no exceder...

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