Resolución General Atm N° 88

EmisorAdministracion Tributaria Mendoza
Fecha de la disposición27 de Diciembre de 2013

RESOLUCIÓN GENERAL ATM N° 88

Mendoza, 27 de diciembre de 2013

Visto: El artículo 185° inciso x) del Código fiscal, que establece la exención en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos para determinadas actividades y la Ley N° 8523, y

CONSIDERANDO:

Que una de las condiciones requeridas para gozar del beneficio de exención o reducción de alícuotas para el Impuesto sobre los Ingresos Brutos es la obtención del certificado expedido por la Administración Tributaria Mendoza.

Que a la fecha no ha sido promulgada la Ley Impositiva para el ejercicio 2014, por lo que resulta necesario ampliar el plazo de vigencia de las constancias emitidas con vencimiento 31/12/2013.

Por ello y de conformidad con las facultades otorgadas por el artículo 10° inc. d) del Código Fiscal (t.o. s/ Decreto N° 1284/93 y sus modificatorias) y la Ley N° 8521

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DE LA ADMINISTRACIÓN

TRIBUTARIA MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1°

Las constancias extendidas para el año 2013 previstas en el artículo 185° inciso x) del Código Fiscal, y los beneficios de reducción de alícuotas encuadrados en la Ley n° 8523 para el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, regirán hasta la entrada en vigencia de la Ley Impositiva 2014.

Artículo 2°

La presente resolución entrará en vigencia a partir del 02/01/2014.

Artículo 3°

Publíquese en el Boletín Oficial y dése a conocimiento de las áreas de la Administración a través de la página web: www.atm.mendoza.gov.ar. Comuníquese al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Comercio de Mendoza S.A. Cumplido con constancias, procédase a su archivo.

Claudio Alberto Gil

Publicación: por única vez el 06/01/14

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