Resolución General 3511

Fecha de disposición08 Julio 2013
Fecha de publicación10 Julio 2013
SecciónResoluciones Generales
Número de Gaceta32676



Administración Federal de Ingresos Públicos

ETICA EN EL EJERCICIO

DE LA FUNCION PUBLICA

Resolución General3511Procedimiento. Ley de Etica en el Ejercicio de la Función Pública Nº 25.188, sus modificatorias y la Ley 26.857. Decreto Nº 895/2013. Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales de los funcionarios públicos y otros sujetos. Norma complementaria.

Bs. As., 8/7/2013

VISTO la Ley de Etica en el Ejercicio de la Función Pública Nº 25.188, sus modificatorias y la Ley Nº 26.857, y el Decreto Nº 895 del 5 de julio de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 26.857 establece que las Declaraciones Juradas Patrimoniales Integrales que deben presentar las personas obligadas por la Ley de Etica en el Ejercicio de la Función Pública Nº 25.188 y sus normas complementarias, son de carácter público, de libre accesibilidad y podrán ser consultadas por toda persona interesada en forma gratuita a través de Internet.

Que mediante el Decreto Nº 895/13 se dispuso que las personas obligadas a suministrar información respecto de su patrimonio, utilizarán declaraciones que serán iguales a aquellas que se presentan ante esta Administración Federal, a fin de dotar de mayor congruencia y simplicidad al sistema, optimizando la calidad y certeza de la información, la que será transferida a la Oficina Anticorrupción a los efectos de su resguardo y publicidad.

Que en consecuencia, corresponde determinar la forma y condiciones que deberán observar los sujetos obligados, para la confección y presentación de la Declaración Jurada Patrimonial Integral.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Recaudación, de Sistemas y Telecomunicaciones, y la Dirección General Impositiva.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº 895/13, y por el Artículo 7° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL

DE LA ADMINISTRACION FEDERAL

DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1°

— La presentación de la “Declaración Jurada Patrimonial Integral” establecida por las Leyes Nº 25.188, sus modificaciones y Nº 26.857 y normas complementarias, se ajustará a las disposiciones que se establecen por la presente.

Art. 2°

— Los funcionarios públicos y los candidatos a ejercer cargos públicos electivos nacionales...

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