Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 30 de Abril de 2020

Fecha de Resolución30 de Abril de 2020
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita199/20
Número de CUIJ21 - 512476 - 7

R.. A y S, t. 296 p. 345/348

Santa Fe, 30 de abril del año 2020.

VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa del imputado contra el acuerdo 886, del 19 de diciembre de 2018, dictado por los Jueces del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia, doctores B. y C. y doctora D., en autos caratulados "GAUNA, R.N. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL: 'GAUNA, R.N.S. GRAVES AGRAVADAS POR EL VÍNCULO Y POR VIOLENCIA DE GÉNERO - APELACIÓN HORIZONTAL'- (CUIJ 21-06010238-1)" (EXPTE. C.S.J. CUIJ N°: 21-00512476-7); y,

CONSIDERANDO:

  1. Por sentencia 188, del 20 de abril de 2018, el Tribunal Oral Pluripersonal Penal de Primera Instancia de R., integrado por los doctores C. y B. y la doctora V., en lo que aquí interesa, condenó a R.N.G., como autor penalmente responsable del delito de lesiones graves agravadas por violencia de género y por el vínculo a la pena de ocho años de prisión, accesorias legales y costas.

    Apelada esta sentencia tanto por el Ministerio Público de la Acusación como por la defensa, los Jueces del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia, doctores A. y M. y doctora L., por acuerdo 560, del 30 de agosto de 2018, la confirmaron parcialmente, modificando el encuadre de la conducta por la que fuera condenado G., subsumiéndola en la figura de homicidio simple en grado de tentativa, agravado por el vínculo y por ser cometido con violencia de género, elevando la pena impuesta, la que se fijó en doce años de prisión, accesorias legales y costas (arts. 12; 29, inc. 3; 40; 41; 45; 79 en función del 80, incs. 1 y 11 y 42, C.P.).

    Interpuesto "recurso de apelación horizontal" por la representación técnica del imputado, los Jueces del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de R., doctores B. y C. y doctora D., por fallo 886, del 19 de diciembre de 2018, confirmaron el pronunciamiento impugnado (fs. 36/41v.).

  2. Contra esta decisión deduce la defensa de G. recurso de inconstitucionalidad (fs. 43/70).

    Alega, en primer lugar, que la sentencia cuestionada carece de motivación suficiente a la luz del artículo 95 de la Constitución provincial, desde que -dice- no estuvo precedida del debate y deliberación que las leyes 12734 y 13018 exigen.

    Al respecto, postula arbitrariedad por ausencia de fundamentación en el cambio de calificación de la conducta y critica la valoración de los...

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