Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - Sala –, 17 de Febrero de 2011, expediente 66.554

Fecha de Resolución17 de Febrero de 2011
EmisorSala –

Poder Judicial de la Nación Expediente nro. 66.554 – Sala Única – Sec. 2

Bahía Blanca 17 de febrero de 2011.

Y VISTOS: El expediente nro. 66.554 caratulado: “GATICA, J.D. s/ exención de prisión en causa n° 438/10 “Actuaciones instruidas s/ su Denuncia””, originario del Juzgado Federal de Santa Rosa, La Pampa, vuelto al acuerdo en virtud del recurso de casación interpuesto a fs. sub 51/60 y ampliado a fs. sub 135/138,

contra la resolución de fs. sub 41/43; y CONSIDERANDO:

1ro.) Que el señor Defensor Oficial ad-hoc, Dr.

A.J.C. (Res. DGN nro. 963/10), interpuso a fs.

sub 51/60 el recurso de casación previsto por los arts. 456 inc. 2° y 457 del CPPN contra la decisión obrante a fs. sub 41/43 por la cual este Tribunal revocó la exención de prisión otorgada en favor de J.D.G..

2do.) Que las decisiones en materia de excarcelación (aquí exención de prisión), especialmente cuando es denegado el beneficio, revisten por principio carácter de sentencia definitiva en los términos del art. 465 bis del CPPN en razón de la imposibilidad de reparar eventuales perjuicios (cf. N. – D.;

CPPN

, t° 2, 3a edición, ed. H., Bs. As. 2008, págs. 994/5 y 1310 mutatis mutandis), y teniendo en consideración que el recurso fue interpuesto en tiempo y forma con ajuste a lo prescrito en los arts.

456 inc. 2° y 463 del CPPN, el mismo resulta prima facie admisible.

En virtud de ello y teniendo presente lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en las causas “C.,

M.…” (03/02/2005), “Muracciole, Santiago…” (08/03/2005) –entre otros– y asimismo lo decidido por la Cámara Nacional de Casación Penal, S.I., en la causa “C., O.…” (07/7/2005), y más recientemente en el Plenario nro. 13 “D.B.…” (30/10/2008),

corresponde conceder el recurso de casación deducido.

Por ello, SE

RESUELVE:

1ro.) Conceder el recurso de casación interpuesto a fs. sub 51/60 y fs. sub 135/138 contra la resolución de esta Cámara Federal de fs. sub 41/43. 2do.) Emplazar a los interesados para que comparezcan ante la Cámara Nacional de Casación Penal a mantener el recurso y formular las peticiones que estimen corresponder por el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR