Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 1, 10 de Julio de 2017, expediente CSS 002801/2010/CA001

Fecha de Resolución10 de Julio de 2017
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1MFM Expte nº: 2801/2010 Autos: “G.M.A. DEL VALLE c/ ANSES s/PRESTACIONES VARIAS”

J.F.S.S. Nº 4 Sentencia Definitiva del Expte. Nº 2801/2010 Buenos Aires, AUTOS Y VISTOS:

I) Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia de fs.

90/91vta por la que se hace lugar a la demanda y se ordena a la ANSeS a que dicte una nueva resolución administrativa, liquidando el beneficio de retiro por invalidez de la actora en los términos de la ley 24.018, se imponen las costas a la parte actora y se regulan honorarios.

II) Cabe señalar en primer término que, según surge de las actuaciones administrativas, la parte actora obtuvo el beneficio de retiro transitorio por invalidez al amparo de la ley 24.241, fijando como fecha de adquisición del derecho el 01/12/2008.

De la certificación de servicios obrante en el expediente administrativo surge que la Sra. G.M. delV. se ha desempeñado desarrollando tareas comunes durante el 11/06/1985 al 30/09/2004, como Jefa de Despacho desde el 01/10/2004 al 13/06/2005 y como Prosecretaria Administrativa Interina desde el 14/06/2005 al 22/08/2007.

A su vez, de fs. 56 del expte. administrativo surge que la Sra. G., de conformidad con lo dispuesto por el art. 23 del Régimen de Licencias para Magistrados y Funcionarios y Empleados de la Justicia Nacional, al 27/09/2007 se le está efectuando una reducción en sus haberes, por lo que se encontraba percibiendo el 50% de los mismos.

Finalmente, con fecha 10/03/2008, la Comisión Medica dictamina que la Sra.

G. presenta un porcentaje de invalidez del 70% de acuerdo a la ley 24.241 y el decreto nº 478/98 reglamentario de la misma, cumpliendo los requisitos para acceder al beneficio de retiro por invalidez.

Posteriormente con fecha 03/11/2008 obtiene el beneficio de retiro transitorio por invalidez al amparo de la ley 24.241.

Frente a ello, la actora inició demanda a los efectos que se otorgue su beneficio de retiro por invalidez al amparo de la ley 24.018, en base a lo que establecen los arts. 8 y 30 de dicho plexo normativo.

El magistrado de grado hace lugar a la demanda y entiende que de los hechos expuestos surge acreditado que efectivamente la actora al cese en sus funciones detentaba el cargo de Prosecretaria Administrativa Interina, cargo que se encuentra dentro del Anexo I del Fecha de firma...

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