Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 8 de Febrero de 2021, expediente CNT 003804/2014/CA001

Fecha de Resolución 8 de Febrero de 2021
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX

Causa N°: 3804/2014 - G.R.J. c/ TUBHIER SOCIEDAD

ANOMIMA s/DESPIDO

Buenos Aires,02 de febrero de 2021.

En la Ciudad de Buenos Aires, 02.02.2021

para dictar sentencia en los autos GARAY

RAUL JORGE C/TUBHIER SOCIEDAD ANONIMA S/DESPIDO” se procede a votar en el siguiente orden:

El Dr. R.P. dijo:

I- Contra la sentencia de primera instancia que admitió la demanda instaurada se alza la parte demandada a fs. 26/271, con réplica de la contraria de fs. 273/274.

A., además, la regulación de honorarios de todos los profesionales por estimarlos elevados a fs.

268.

II- La demandada se agravia por cuanto se reputó

injustificado el despido dispuesto por la empleadora.

Cuestiona el análisis de las declaraciones testimoniales de Guelepa y M.. A. la procedencia de la indemnización derivada del art. 2 de la ley 25.323 y la del art. 80 de la LCT.

III- El actor fue despido con causa el 12/11/2013

en los siguientes términos: “le notifico a ud. que queda extinguida con justa causa la relación laboral.

La medida se justifica en que siendo ud. Comprador técnico del área de abastecimiento de la empresa Tuhier S.A. no ha cumplido en tiempo y forma con la provisión de las órdenes de compras solicitadas por la planta industrial lo que significa graves inconvenientes en la línea de producción…En varias oportunidades ya sea de modo verbal o mediante escritos dirigidos al área a la que ud. Pertenece el director industrial de la planta Ing. M. y el gerente de ingeniería J.B. le han informado de esta situación a su jefe inmediato el Fecha de firma: 08/02/2021

Alta en sistema: 11/02/2021

Firmado por: G.F.M., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: R.C.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX

ing. Ferrari quien a su vez le reiteró en distintas circunstancias estas actitudes de demora en la compra solicitada ocasionando consecuentemente importantes dificultades a la producción y por lo tanto consecuencias económicas a la empresa…”

En virtud a ello y la negativa del actor frente a lo invocado por su empleadora en la comunicación rescisoria quedó a cargo de la parte demandada la prueba en autos.

Los testigos propuestos por dicha parte declararon mediante exhorto. M.A., quien se desempeña como gerente de planta de la empresa demandada ubicada en la provincia de S.L. dijo que el actor integraba el área de compras en Buenos Aires junto a H.S. y el responsable del sector, C.F. y en lo que aquí interesa dijo: “…que faltaban insumos,

llegaban tarde, el actor compraba herramientas que no llegaban en plazo, no informaba que las herramientas iban a llegar fuera de plazo así que no permitía tomar planes alternativos…que todos los sectores de la compañía se habían afectado con los retrasos…”.

A su turno declaró –también mediante exhorto-

G.G. quien dijo ser la persona que generaba los requerimientos de la planta en cuanto a la reposición de stock, la parte de abastecimiento. Señaló

que de planta se genera el requerimiento a través del sistema...

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