Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal, 13 de Octubre de 2010, expediente 13.173

Fecha de Resolución13 de Octubre de 2010

Cámara Nacional de Casación Penal Causa N° 13173 –Sala II –

C.N.C.P “GALIAN, C. s/

recurso de queja”

2010-

2010-Año del B. nos Aires, 13 de octubre de 2010.

Por recibido, regístrese en el libro correspondiente y pasen los autos al Acuerdo.

Firmado: W.G.M.. Ante mí: S.D., Prosecretaria de Cámara REGISTRO N° 17325

Buenos Aires, 13 de octubre de 2010.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Que la decisión atacada que confirmó el auto de procesamiento, la denegación de distintas nulidades y el embargo dictado contra C.G. no constituye ninguna de las enumeradas en el artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación. En ese orden de ideas, no se trata de una sentencia definitiva que con su dictado dirima la controversia poniendo fin al pleito o haciendo imposible su continuación, ni ninguna de aquéllas que el citado artículo ha equiparado, taxativamente, a sentencia definitiva por sus efectos: "los autos que pongan fin a la acción, a la pena, o hagan imposible que continúen las actuaciones o denieguen la extinción, conmutación o suspensión de la pena".

Asimismo, resulta aplicable al caso la conocida jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación según la cual las decisiones cuya consecuencia sea la obligación para los encausados de seguir sometidos al proceso no reúnen, por regla, la calidad de sentencia definitiva (Fallos: 276:130, 295:405,

310:195, entre otros).

Por estos motivos, esta S.

RESUELVE:

Declarar inadmisible el recurso de queja de fs. 1/26 presentado por la defensora oficial de C.G..-

Regístrese, notifíquese y remítase al Tribunal de procedencia,

sirviendo la presente de muy atenta nota de envío.-

Firmado: W.G.M., L.M.G. y G.J.Y.. Ante mí: S.D., Prosecretaria de Cámara.

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