Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, 21 de Diciembre de 2010, expediente 44.650

Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2010

Poder Judicial de la Nación 2010 - Año del B.C.N.° 44.650 “Galería Paseo Lavalle s/sobreseimiento”

Juzgado N° 1 – Secretaría N° 2

Reg. n° 1363

Buenos Aires, 21 de diciembre de 2010.

Y VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

I - Llegan las presentes actuaciones a conocimiento y decisión de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fojas 285 por el Sr. Fiscal, Dr. C.M.C., contra el auto de fojas 280/284, en cuanto decreta el sobreseimiento de V.E.C. (artículo 336, inc. 3° y ccdtes.

del Código Procesal Penal de la Nación).

A fojas 295/298 el Sr. Fiscal General Adjunto ante esta E.. Cámara, Dr. C.E.R., presentó su dictamen de conformidad con lo dispuesto por el artículo 454 del Código Procesal Penal de la Nación,

oportunidad en la que destacó los cuestionamientos a la resolución puesta en crisis, los que serán analizados durante el desarrollo de este decisorio.

II – La causa reconoce su inicio en virtud de la denuncia llevada a cabo ante la Comisaría N° 36 de la Policía Federal Argentina, por M.G.O., en su carácter de apoderada de la firma “A.S.O.S.A.”, quien resulta ser titular de la explotación de las marcas vinculadas con el Rally-Dakar.

De ella surge que el 16 de diciembre de 2009 observó en un comercio de la galería comercial que se encuentra en la calle L. 835 de esta ciudad, un local que ofrecía a la venta remeras de la marca “Dakar”,

presuntamente apócrifas.

Ya iniciada la investigación, el 30 de diciembre se recibió

declaración testimonial a A.A.S., Gerente Comercial de la firma “Pro Entertaiment S.A.”, que resulta ser el agente exclusivo de “Amaury Sport Organization S.A.” para la marca Dakar en Argentina, y quien otorgó a su vez la licencia exclusiva para la venta de productos asociados a la marca a la firma “Formas Publicitarias S.A.” (cfr. fojas 120/121). Así, pudo determinarse que la única empresa habilitada en el país para comercializar productos de la marca “Dakar” es la de “Formas Publicitarias S.A.” y, a su vez, que dicha empresa tenía una determinada cantidad de puntos de venta oficiales.

Por su parte, el informe pericial llevado a cabo en base a la mercadería incautada por la División Scopometría de la Policía Federal Argentina arrojó como resultado que “…las remeras incriminadas atribuídas a la marca “Dakar” del local n° 7 “Nuevo Buenos Aires”, del local con cartel que reza “Rock & Sex, Lencería, Videos, DVD, R., Sex Shop – Estampados” y el local “Indumentaria Deportiva Víctor Ce Hache” son apócrifas” …” (cfr.

fojas...

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